Concepto 17845 de 1988 DIAN
(Tributario) imposibilidad de expedición de certificados a no contribuyentes
Texto del documento
CONCEPTO 017845
(Septiembre 12 de 1988)
Tema: Expedición certificación no contribuyentes.
Solicita usted se le expida una certificación en la que conste que la Fundación Granjas Infantiles del Padre Luna no es contribuyente. Sobre el particular este Despacho se permite manifestarle que de conformidad con las normas legales vigentes, dentro de las funciones de esta Subdirección jurídica, está la de resolver las consultas tanto de los funcionarios como de los particulares sobre la interpretación y aplicación general de las normas tributarias, pero en ningún caso, está previsto que tenga facultades para expedir certificaciones.
Sin embargo, cabe anotar que si la entidad en cuestión no es la de las entidades de que trata el numeral 2o del artículo 32 de la Ley 75/86 y por otra parte, si fue aprobada con personería jurídica como fundación de interés público y social entonces, no requiere de la calificación.
Lo anterior, en cuanto la norma citada enumera las entidades que califica como nuevos contribuyentes, sin incluir en dicha enumeración a las fundaciones de interés público o social. Consecuente con esto, el Decreto Reglamentario 1158 de 1987, hizo explícito el sentido de la ley al decir en su artículo 1o:
“No son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, ni requieren de la calificación favorable señaladas en la ley, las siguientes entidades sin ánimo de lucro:
2o Las fundaciones de interés público o social, distintas de las que realizan actividades de captación y colocación de recursos financieros y se encuentran sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria”.
Por lo tanto, la certificación por usted solicitada, no es necesaria en el caso mencionado en el Decreto Reglamentario.
MARIA DEL PILAR ABELLA MANCERA, (FDO.)
Jefe División Doctrina Tributaria, Subdirección jurídica.