Concepto 110433 de 2000 DIAN
(Tributario) ¿Las compras efectuadas en el exterior están sometidas a retención en la fuente cuando estas se pagan a través
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 110433 DE 2000
(Noviembre 10)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
TEMA
COMPRAS EN EL EXTERIOR
PROBLEMA JURIDICO
¿Las compras efectuadas en el exterior están sometidas a retención en la fuente cuando estas se pagan a través de una cuenta en el exterior de propiedad del comprador o de un banco autorizado para hacer giros al exterior?
TESIS JURIDICA
LAS PERSONAS NATURALES, NACIONALES O EXTRANJERAS, QUE NO TENGAN RESIDENCIA EN EL PAÍS SOLO ESTÁN SOMETIDAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS RESPECTO A SUS RENTAS DE FUENTE NACIONAL.
INTERPRETACION JURIDICA
De acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 9 del Estatuto Tributario: "Las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en el país y las sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país en el momento de su muerte, solo están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios respecto as sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de su patrimonio poseído en el país."
El artículo 24 Ibídem establece: " Se consideran ingresos de fuente nacional los provenientes de la explotación de bienes materiales e inmateriales dentro del país y la prestación de servicios dentro de su territorio, de manera permanente o transitoria, con o sin establecimiento propio. También constituyen ingresos de fuente nacional los obtenidos en la enajenación de bienes materiales o inmateriales, a cualquier tí tulo, que se encuentren dentro del país al momento de su enajenación."
A su vez el numeral 14 de este artículo señala que los ingresos de fuente nacional incluyen, entre otros, los siguientes.
14.- Las rentas obtenidas en el ejercicio de actividades comerciales dentro del país.
Las personas naturales no residentes en el país y las sociedades o entidades extranjeras sin domicilio en el país se encuentran sometidas al impuesto sobre la renta, únicamente, respecto de sus ingresos de fuente nacional según lo establecen los artículos 9o, 12 y 20 del Estatuto Tributario.
De lo anterior se infiere que si la compra se lleva a cabo en el exterior a una persona natural extranjera sin residencia en el país o a una sociedad extranjera sin domicilio en el país el ingreso no es de fuente nacional y en consecuencia no está sometido a impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia y tampoco es objeto de retención en la fuente por ningún concepto.
LCFR