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Concepto 24099 de 1989 DIAN

(Tributario) Alquiler, mantenimiento y reparación de microcomputadores

240991989Tributario
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Texto del documento

CONCEPTO 24099 DE 1989

TEMA: Alquiler, mantenimiento y reparación de Microcomputadores.

Solicita usted información sobre el cobro o exención del Impuesto sobre las Ventas, por los siguientes conceptos:

— Alquiler de microcomputadores e impresoras

— Mantenimiento de microcomputadores

— Reparación de microcomputadores

Al respecto el artículo 420 ordinal b) del Estatuto Tributario prevé " El impuesto sobre las Ventas se aplicará sobre: b) la prestación de los servicios especificados en el artículo 476 del presente estatuto realizados en el territorio del país". Dicho artículo dispone: "los siguientes servicios están sometidos al Impuesto sobre las Ventas a las tarifas que se indican en el presente artículo:

ServiciosTarifa
4.Reparación ……………………………………………………….10%

5.

Mantenimiento que implique la incorporación de repuestos…

10%

7.

Arrendamiento de bienes corporales muebles, incluido el arrendamiento financiero (leasign) y el de helicópteros y aerodinos distintos de los de servicio público y fumigación….



10%

Respecto al arrendamiento o alquiler de bienes corporales muebles, es conveniente precisar que la determinación de la base gravable se sujeta a lo previsto en el artículo 19 del Decreto 570 de 1984, cuya copia se anexa.

En consecuencia el mantenimiento cuando implique la incorporación de repuestos, a reparación y el arrendamiento de microcomputadores e impresoras, están sujetos al Impuesto sobre las Ventas, a las tarifas anteriormente señaladas y con la característica prevista para este último servicio, en lo referente a la determinación de la base gravable.

Firma: Juan Pablo Gaitán Méndez.

Proyectó. Gilberto Buitrago Bahamón.