Concepto 24099 de 1989 DIAN
(Tributario) Alquiler, mantenimiento y reparación de microcomputadores
Texto del documento
CONCEPTO 24099 DE 1989
TEMA: Alquiler, mantenimiento y reparación de Microcomputadores.
Solicita usted información sobre el cobro o exención del Impuesto sobre las Ventas, por los siguientes conceptos:
— Alquiler de microcomputadores e impresoras
— Mantenimiento de microcomputadores
— Reparación de microcomputadores
Al respecto el artículo 420 ordinal b) del Estatuto Tributario prevé " El impuesto sobre las Ventas se aplicará sobre: b) la prestación de los servicios especificados en el artículo 476 del presente estatuto realizados en el territorio del país". Dicho artículo dispone: "los siguientes servicios están sometidos al Impuesto sobre las Ventas a las tarifas que se indican en el presente artículo:
| Servicios | Tarifa | |
| 4. | Reparación ………………………………………………………. | 10% |
5. | Mantenimiento que implique la incorporación de repuestos… | 10% |
7. | Arrendamiento de bienes corporales muebles, incluido el arrendamiento financiero (leasign) y el de helicópteros y aerodinos distintos de los de servicio público y fumigación…. | 10% |
Respecto al arrendamiento o alquiler de bienes corporales muebles, es conveniente precisar que la determinación de la base gravable se sujeta a lo previsto en el artículo 19 del Decreto 570 de 1984, cuya copia se anexa.
En consecuencia el mantenimiento cuando implique la incorporación de repuestos, a reparación y el arrendamiento de microcomputadores e impresoras, están sujetos al Impuesto sobre las Ventas, a las tarifas anteriormente señaladas y con la característica prevista para este último servicio, en lo referente a la determinación de la base gravable.
Firma: Juan Pablo Gaitán Méndez.
Proyectó. Gilberto Buitrago Bahamón.