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Oficio 1781 de 2018 DIAN

(Tributario) Exención del IVA al momento de la exportación de equipos

17812018Tributario
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Texto del documento

OFICIO 1781 DE 2018

(octubre 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221 -001781

Bogotá, D.C.

Ref.: Radicado 100039693 del 16/07/2018

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 este Despacho está facultado para resolver las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de la competencia asignada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

En la consulta se pregunta:

a) Si la resolución de la ANLA es recibida después de haber firmado el contrato con la empresa contratista:

--Si los equipos no han sido importados ¿pueden solicitar la exención del IVA al momento de la exportación?

--¿Aplica para la facturación de suministros y servicios adquiridos en el país?

--¿En caso que el contratista, contratado por el propietario del proyecto para su instalación adquieran los suministros y servicios en el mercado nacional que tratamiento le debe dar al IVA facturado considerando que debe facturar al propietario del proyecto, sin IVA?

b) ¿En la segunda hipótesis, si la resolución ANLA es recibida con anterioridad al inicio de los trabajos, puede el contratista exigirles a los proveedores de bienes y servicios que le facture sin IVA, considerando que debe facturarse sin IVA al propietario del proyecto y beneficiario final de la exclusión?

En este evento, ¿si el proveedor se niega a facturar sin IVA cómo puede el contratista compensar el IVA pagado en las adquisiciones?

Sobre el particular, vale la pena mencionar que este despacho ya se pronunció sobre el particular en varios Oficios, los cuales se adjuntan para su conocimiento: Oficio 0708 del 8 de mayo de 2018 y Oficio 5858 del 17 de marzo de 2017.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

LORENZO CASTILLO BARVO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica