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Oficio 67 de 2018 DIAN

(Tributario) Independencia y autonomía de las normas tributarias frente a las de contabilidad y de información financiera

672018Tributario
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Texto del documento

OFICIO 67 DE 2018

(febrero 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Bogotá, D.C.,

Ref: Radicado 100082801 del 22/01/2018

Esta dependencia ha recibido su consulta relacionada con las personas jurídicas sin ánimo de lucro originadas en la propiedad horizontal, que hasta la fecha no han realizado la implementación de los marcos técnicos contables, así como el papel de la DIAN si esta obligación no se ha cumplido.

Este despacho considera que esta consulta escapa del ámbito de competencia atribuida y se basa en lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1314 de 2009 - por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia - que dispone:

ARTÍCULO 4. INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS FRENTE A LAS DE CONTABILIDAD Y DE INFORMACIÓN FINANCIERA. Las normas expedidas en desarrollo de esta ley, únicamente tendrán efecto impositivo cuando las leyes tributarias remitan expresamente a ellas o cuando estas no regulen la materia.

A su vez, las disposiciones tributarias únicamente producen efectos fiscales. Las declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lo determina la legislación fiscal.

Únicamente para fines fiscales, cuando se presente incompatibilidad entre las normas contables y de información financiera y las de carácter tributario, prevalecerán estas últimas.

(...) (negrilla fuera de texto).

Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, es oportuno informarle que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2150 de 2017, del cual se destaca la sustitución del capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, con el fin de reglamentar las modificaciones que trajo la Ley 1819 de 2016 en su parte III al Régimen Tributario Especial.

También se le informa que en la actualidad está en proceso de elaboración un Concepto Unificado sobre el Régimen Tributario Especial, con el fin de brindar a los contribuyentes unos criterios uniformes de interpretación que permitan un adecuado cumplimiento de las disposiciones normativas mencionadas, razón por la cual se remitirá copia del mismo una vez este se expida.

Atentamente,

PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina