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Concepto 737 de 1989 DIAN

(Tributario) Cuáles son las funciones de las divisiones jurídicas?

7371989Tributario
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CONCEPTO TRIBUTARIO 737 DE 1989

(Enero 11)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

FUNCION DE LAS DIVISIONES JURIDICAS

En relación con la comunicación de la referencia, me permito reiterar que por disposición legal, corresponde a la Subdirección Jurídica determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretación y aplicación de las normas tributarias, Por tanto, sólo ella puede legalmente absolver las consultas escritas de particulares y funcionarios. (Artículo 21 y 22 decreto 2543 de 1987).

La División Jurídica de las Administraciones de Impuestos tienen a su cargo el servicio de asistencia y orientación al contribuyente y asimismo la función de asesorar sobre temas jurídicos a los funcionarios de la respectiva Administración, velando en todo caso, por la unificación de los criterios en materia tributaria de acuerdo con las interpretaciones adoptadas por la Subdirección Jurídica. Pero, en desarrollo de estas funciones no puede emitir conceptos por escrito sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias, por cuanto esta función compete exclusivamente a esta Subdirección.

En principio, los servicios de atención y orientación al contribuyente son verbales y cuando se trate de informar sobre normas legales, circulares o conceptos de la Subdirección Jurídica, es más práctico y eficaz facilitar copia del documento pertinente que repetir su texto en un oficio que no puede adicionar nada y en cambio, si implica un costo administrativo innecesario.

Ahora, la asesoría sobre temas jurídicos a los funcionarios puede eventualmente adoptar varias formas: bien verbalmente, en la participación directa en los Comités de Coordinación, en la elaboración de proyectos o mediante memorandos internos, pero tampoco puede transgredir la regla señalada sobre la competencia exclusiva de esta Subdirección para responder las consultas escritas sobre la aplicación e interpretación de las normas tributarias.

Para proporcionar a la División Jurídica el soporte necesario para cumplir con sus funciones, la Oficina de Relatoría de esta Subdirección envía periódicamente boletines, conceptos, circulares y normas legales sobre la materia. Esta División debe asimismo, canalizar los problemas sobre interpretación y aplicación de normas que ameriten un pronunciamiento de la Subdirección, remitiendo los antecedentes de los mismos y su propio análisis en cada caso.

Todo esto debe ser entendido dentro del criterio de administrar racionalmente los recursos disponibles: por eso, las dudas que puedan resolverse con las normas legales y reglamentarias o los conceptos emitidos por la Subdirección, deben evacuarse verbalmente sin mayor dilación, pues tanto los servicios de orientación y asistencia al contribuyente como la asesoría jurídica a los funcionarios debe hacerse, en lo posible, directa e inmediatamente, y solamente remitir a la Subdirección los casos que merezcan un pronunciamiento de fondo.