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Concepto 6530 de 1989 DIAN

(Tributario) Prima de navidad en sector público es ingreso gravable

65301989Tributario
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Texto del documento

CONCEPTO No. 006530

03-14-89

TEMA: Prima de navidad

La Prima de Navidad del sector público es un ingreso laboral gravable de conformidad con la Ley 75 de 1986 y por consiguiente es objeto de retención en la fuente; su determinación cuando se aplica el procedimiento No. 1, debe ceñirse a lo prescrito en el artículo 7 de la Ley 75 de 1986, el cual consagra:

"Cuando se trate de la prima mínima legal de servicios del sector privado, o de Navidad del sector público, el "valor a retener" es el que figure frente al intervalo al cual corresponda la respectiva prima".

Como puede observarse, la retención en la fuente de las "primas" contempladas en la parte transcrita de la norma, debe hacerse en forma separada de los demás ingresos laborales gravables.

En el procedimiento No. 2 sólo hay dos bases para la aplicación de la retención en la fuente, una conformada por la cesantía y los intereses sobre ésta, y la otra, por la suma de los demás pagos gravables. Así las cosas la Prima de Navidad debe sumarse a los demás pagos gravables del mes a fin de aplicarle a tal suma el porcentaje fijo.

FIRMA: MARÍA DEL PILAR ABELLA MANCERA.

PROYECTÓ: HERMELINA CASTRO DE DUARTE