Oficio 61137 de 2014 DIAN
(Tributario) Compra de combustibles derivados del petróleo a mayoristas y minoristas - Retención en la fuente a título del im
Texto del documento
OFICIO 61137 DE 2014
(octubre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA
Bogotá, D.C., 29 OCT. 2014
100208221- 001168
Ref.: Radicado 100026523 del 10/10/2014
| TEMA: | Retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios. |
| DESCRIPTORES: | Compra de combustibles derivados del petróleo a mayoristas y minoristas. |
| FUENTES FORMALES | Inciso 2o. artículo 2o del Decreto 3715/86, |
| artículo 368 y siguientes del Estatuto Tributario. |
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, es función de este Despacho absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.
Solicita se le informe la norma que regula la retención en la fuente por la compra de combustibles derivados del petróleo, como la gasolina y el ACPM.
Al respecto, el inciso 2o del artículo 2o del Decreto 3715 de 1986, establece :
"(...) En el caso de los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a favor de distribuidores mayoristas o minoristas de combustibles derivados del petróleo, por la adquisición de los mismos, el porcentaje de retención en la fuente será del 0,1% del valor del pago o abono en cuenta".
Para el efecto, deberá tenerse en cuenta la calidad, requisitos y demás obligaciones de quienes actúan como agentes retenedores y/o autorretenedores, según el caso, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 368 y siguientes del Estatuto Tributario.
En los anteriores términos se resuelve su consulta y de manera cordial le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co,http://www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” – “técnica” – dando click en el link “Doctrina” – “Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
YUMER YOEL AGUILAR VARGAS
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina
Fuentes formales
Inciso 2o. artículo 2o del Decreto 3715/86,