Micelio
🧾 DIAN · Oficios

Oficio 75555 de 2013 DIAN

(Tributario) ¿Cuál es el período a declarar de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta para la Equidad

755552013Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

OFICIO 75555 DE 2013

(noviembre 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C. 25 NOV 2013

100208221- 000986

Señor

JAVIER MAURICIO NIÑO RAVELO

leidy.carolina.rincon@gmail.com

Carrera 52 C # 39 A 07 Sur - Apto 201 –

Bogotá D.C.

Ref: Radicado 100009352 del 24/09/2013

TEMA: Impuesto sobre la renta para la Equidad - CREE -
DESCRIPTORES: Período gravable para declarar autorretención a nuevos sujetos pasivos creados en el transcurso del año 2013.
FUENTES FORMALES Ley 1607/12 y Decreto 1828/13.

Cordial saludo señor Niño:

De conformidad Con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 0006 de 2009, es función de este Despacho absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.

En atención a su pregunta relacionada con cuál es el período a declarar de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta para la Equidad - CREE, para las personas jurídicas creadas en el transcurso del año 2013 y que sean sujetos pasivos del CREE ?.

Para atender su inquietud es menester, considerar:

1- El artículo 20 de la Ley 1607 de 2012, establece de manera expresa como sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad CREE, a las sociedades, personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y a las sociedades, y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta; por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes.

2- El artículo 2o del Decreto 1828 de 2013, determinó que a partir del 1o de septiembre de 2013, para efectos del recaudo y administración del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, todos los sujetos pasivos del mismo tendrán la calidad de autorretenedores. Para tal efecto, la autorretención de este impuesto se liquidará sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo, de acuerdo con las actividades económicas y a las tarifas señaladas en la norma ibídem.

3- Los períodos de presentación de las declaraciones de retención en la fuente a título del CREE, los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron iguales o superiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración mensual, y los contribuyentes, autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron inferiores a 92.000 UVT deberán presentarla cada cuatro meses.

De lo anterior se infiere que, la norma no previo de modo alguno la situación planteada por usted, por consiguiente le informamos que el tema está sujeto a reglamentación, por lo cual le invitamos a consultar en la página www.dian.gov.co los proyectos de decretos que se publican allí, ya que al Comité integrado para proponer los decretos reglamentarios a que haya lugar de la Ley 1607 de 2012, se le ha solicitado incluir tal aspecto en el respectivo proyecto de decreto.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por La Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN : http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos: ”Normatividad”-“Técnica” y seleccionando los vínculos “ doctrina” y “ Dirección de Gestión Jurídica

Atentamente

LEONOR EUGENIA RUIZ DE VILLALOBOS

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

Fuentes formales

Ley 1607/12 y Decreto 1828/13.