Oficio 50865 de 2012 DIAN
(Tributario) Aplicación de la retención en la fuente sobre dividendos a la luz de lo dispuesto en el artículo 10 y su protoco
Texto del documento
OFICIO 50865 DE 2012
(agosto 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
Bogotá, D. C. 10 AGO. 2012
Oficio No. 100208221-/ 4 8 0
Señor
HOMERO RUIZ GAITAN
Calle 24 No. 82- 57, Piso 1 Barrio Modelia
Bogotá, D. C.
Consulta radicada bajo el número 70309 de 04/08/2011
| Tema | Impuesto sobre la Renta y Complementarios |
| Descriptores | Doble Tributación |
| Fuentes formales | Ley 1082 de 2006, Estatuto Tributario Arts. 48, 49, 245 |
Cordial saludo señor Ruiz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de Agosto de 2009, esta Dirección es competente para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, aduaneras o de comercio exterior y en materia de control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
A través del escrito de la referencia formula algunas inquietudes relacionados con la aplicación de la retención en la fuente sobre dividendos a la luz de lo dispuesto en el artículo 10 y su protocolo, del convenio para evitar la doble Imposición y prevenir la evasión fiscal, suscrito entre la República de Colombia y el Reino de España.
Sobre el particular, atentamente le manifestamos que la Dirección de Gestión Jurídica mediante el Oficio No 48261 de Julio 3 de 2012, se pronunció, acerca de la tarifa aplicable a los dividendos a la luz del mencionado Convenio, así como sobre las condiciones para acceder a la reducción de la tarifa del impuesto sobre la renta, contenida en el protocolo al artículo 10 del mismo. De igual manera se pronunció mediante el Oficio No 48993 de agosto 2 de 2012. Por ello y por contener la doctrina vigente sobre el punto, se remiten para su conocimiento.
En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.qov.co siguiendo los iconos: "Normatividad" - "técnica" y seleccionando los vínculos "Doctrina” "Dirección de Gestión Jurídica".
Atentamente,
MARIA HELENA CAVIEDES CAMARGO
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina
Fuentes formales
Ley 1082 de 2006, Estatuto Tributario Arts. 48, 49, 245
Descriptores
Doble Tributación