Micelio
🧾 DIAN · Oficios

Oficio 50865 de 2012 DIAN

(Tributario) Aplicación de la retención en la fuente sobre dividendos a la luz de lo dispuesto en el artículo 10 y su protoco

508652012Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

OFICIO 50865 DE 2012

(agosto 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

Bogotá, D. C. 10 AGO. 2012

Oficio No. 100208221-/ 4 8 0

Señor

HOMERO RUIZ GAITAN

Calle 24 No. 82- 57, Piso 1 Barrio Modelia

Bogotá, D. C.

Consulta radicada bajo el número 70309 de 04/08/2011

TemaImpuesto sobre la Renta y Complementarios
DescriptoresDoble Tributación
Fuentes formalesLey 1082 de 2006, Estatuto Tributario Arts. 48, 49, 245

Cordial saludo señor Ruiz.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de Agosto de 2009, esta Dirección es competente para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, aduaneras o de comercio exterior y en materia de control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

A través del escrito de la referencia formula algunas inquietudes relacionados con la aplicación de la retención en la fuente sobre dividendos a la luz de lo dispuesto en el artículo 10 y su protocolo, del convenio para evitar la doble Imposición y prevenir la evasión fiscal, suscrito entre la República de Colombia y el Reino de España.

Sobre el particular, atentamente le manifestamos que la Dirección de Gestión Jurídica mediante el Oficio No 48261 de Julio 3 de 2012, se pronunció, acerca de la tarifa aplicable a los dividendos a la luz del mencionado Convenio, así como sobre las condiciones para acceder a la reducción de la tarifa del impuesto sobre la renta, contenida en el protocolo al artículo 10 del mismo. De igual manera se pronunció mediante el Oficio No 48993 de agosto 2 de 2012. Por ello y por contener la doctrina vigente sobre el punto, se remiten para su conocimiento.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.qov.co siguiendo los iconos: "Normatividad" - "técnica" y seleccionando los vínculos "Doctrina” "Dirección de Gestión Jurídica".

Atentamente,

MARIA HELENA CAVIEDES CAMARGO

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

Fuentes formales

Ley 1082 de 2006, Estatuto Tributario Arts. 48, 49, 245

Descriptores

Doble Tributación