Concepto 87 de 2002 DIAN
(Aduanero) ¿Existe obligación legal para que las sociedades de intermediación imprima en la factura de venta y en la papeler�
Problema jurídico
¿EXISTE OBLIGACIÓN LEGAL PARA QUE LAS SOCIEDADES DE INTERMEDIACIÓN IMPRIMA EN LA FACTURA DE VENTA Y EN LA PAPELERÍA DE CORRESPONDENCIA EL CÓDIGO ASIGNADO POR LA "DIAN" COMO INTERMEDIARIOS ADUANEROS?
Tesis jurídica
NO EXISTEN REQUISITOS DE LA FACTURA, DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 617 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO, NI TAMPOCO LAS NORMAS ADUANERAS HAN ESTABLECIDO REQUISITOS ESPECIALES PARA LA PAPELERÍA USADA POR LAS SOCIEDADES DE INTERMEDIACIÓN ADUANERA.
Texto del documento
CONCEPTO ADUANERO 87 DE 2002
(Mayo 23)
<Fuente: archivo DIAN>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
| Problema Jurídico | ¿EXISTE OBLIGACIÓN LEGAL PARA QUE LAS SOCIEDADES DE INTERMEDIACIÓN IMPRIMA EN LA FACTURA DE VENTA Y EN LA PAPELERÍA DE CORRESPONDENCIA EL CÓDIGO ASIGNADO POR LA "DIAN" COMO INTERMEDIARIOS ADUANEROS? |
| Tesis Jurídica | NO EXISTEN REQUISITOS DE LA FACTURA, DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 617 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO, NI TAMPOCO LAS NORMAS ADUANERAS HAN ESTABLECIDO REQUISITOS ESPECIALES PARA LA PAPELERÍA USADA POR LAS SOCIEDADES DE INTERMEDIACIÓN ADUANERA. |
FACTURA - REQUISITOS
SOCIEDADES DE INTERMEDIACION ADUANERA - OBLIGACIONES
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 26
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 485
DECRETO 1232 DE 2001 ART. 39
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 615
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 617
El artículo 615 del Estatuto Tributario establece la obligación de expedir factura, que tienen todas las entidades o personas que tengan la calidad de comerciantes, quienes ejerzan profesiones liberales o ejerzan actividades inherentes a estas, entre otros.
El artículo 617 del mismo Estatuto, por su parte señala los requisitos que debe reunir la factura de venta y dentro de los mismos no señala la obligación de imprimir en la factura el código asignado por la DIAN a las sociedades de intermediación aduanera como intermediarios aduaneros.
Por su parte las normas aduaneras no han prescrito requisitos adicionales a la factura, de tal suerte que no existe obligación legal de adicionar a dicho documento otros requisitos distintos a los previstos en el Estatuto Tributario.
En cuanto a la papelería de correspondencia ni la ley fiscal ni las normas aduaneras han previsto nada al respecto.
Por último le preciso que el literal g) del articulo 26 del Decreto 2685 de 1999 exige la utilización del código de registro de la sociedad para adelantar trámites y refrendar documentos ante la DIAN. En concordancia con esta disposición el numeral 3.6 del artículo 485 del Decreto 2685 de 1999 modificado por el artículo 39 del Decreto 1232 de 2001 prescribe una sanción de siete (7) salarios mininos legales mensuales vigentes por cada infracción cuando la S.l.A. utiliza un código diferente.