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Concepto 12730 de 1995 DIAN

(Tributario) ¿Constituye costo fiscal en la enajenación el autoavalúo de predios que tienen calidad de activos movibles?

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Texto del documento

CONCEPTO TRIBUTARIO 12730 DE 1995

(Marzo 9)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA: COSTO FISCAL - AUTOAVALUO - ACTIVOS MOVIBLES

PROBLEMA JURIDICO

¿Constituye costo fiscal en la enajenación el autoavalúo de predios que tienen calidad de activos movibles?

TESIS

NO CONSTITUYE COSTO FISCAL EL AUTOAVALUO DE PREDIOS, QUE TIENEN LA CALIDAD DE ACTIVOS MOVIBLES PUES EXISTE NORMA LEGAL EXPRESA QUE EXIGE COMO PRESUPUESTO ESENCIAL PARA TENERLO COMO COSTO FISCAL, QUE SE TRATE DE ACTIVOS FIJOS.

INTERPRETACION JURIDICA

Recientemente, mediante la expedición de la Ley 174 de 1994, fue modificado el articulo 72 del Estatuto Tributario. La norma que corresponde al artículo 4o de a Ley, deja claros dos aspectos fundamentales en relación con el avalúo de inmuebles.

Para que el avalúo sea aceptado como costo fiscal se requiere que se trate de aquel declarado en desarrollo de lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley 44 de 1990, del declarado en desarrollo del artículo 155 del Decreto 1421 de 1993, o del avalúo formado o actualizado por las Autoridades Catastrales en los términos del artículo 5o de la Ley 14 de 1983.

Adicionalmente y por expresa disposición legal se hace necesario que los bienes que se enajenan constituyan activos fijos para el contribuyente.

Tratándose de Inmuebles en calidad de activos movibles, su avalúo no podría ser tomado como costo fiscal porque además de que el artículo 4 de la Ley 174 de 1994 excluye tal probabilidad, su costo se determina de conformidad con el contenido del artículo 67 del Estatuto Tributario.

Finalmente, el Decreto Reglamentario 326 del 20 de febrero del presente año establece en el artículo 7o entre otras cosas, los requisitos para aceptar el avalúo como costo fiscal en la enajenación de inmuebles, previendo en su numeral 1o, que el inmueble enajenado constituya activo fijo para el contribuyente.

EZdeB/GECN