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Oficio 168 de 2018 DIAN

(Aduanero) ¿Es procedente que una empresa colombiana compre a su proveedor en el exterior una mercancía en una unidad comercia

1682018Aduanero
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Texto del documento

OFICIO 168 DE 2018

(febrero 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Bogotá, D.C.,

Ref: Radicado 100080523 del 21/12/2017

Conforme con el artículo 20 del Decreto 4048 es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.

En atención a su inquietud respecto de si es procedente que una empresa colombiana compre a su proveedor en el exterior una mercancía en una unidad comercial que no tienen un factor de conversión con la unidad de aduana

Al respecto, es pertinente aclarar que esta no es una consulta de interpretación normativa, no obstante, este despacho al respecto le precisa lo siguiente:

La compra de una mercancía que va a hacer objeto de importación, debe estar soportada en una factura que contenga los términos y condiciones reales de la negociación, entre ellos la unidad física correspondiente.

No obstante, al momento del diligenciamiento, presentación y tramite de la declaración de importación, deberá utilizar la unidad física por subpartida Nandina, establecida en la Decisión Andina 812 de 2016, y el Decreto 2153 de 2016.

En los eventos, en que la unidad física prevista en la negociación (factura), es distinta a la establecida en las normas mencionadas, deberá utilizar la tabla de conversión de las principales unidades físicas de medida, establecida en la mencionada Decisión Andina, con el fin de diligenciar y tramitar correctamente la declaración de importación.

Finalmente, le informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su página de INTERNET ingresando por el icono de Normatividad-técnica, dando clic en el link Doctrina Oficina Jurídica.

Atentamente,

PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina