Concepto 102398 de 2000 DIAN
(Tributario) ¿Quién actúa como agente de retención del impuesto de timbre nacional en un contrato suscrito entre dos persona
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 102398 DE 2000
(Octubre 20)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
TEMA
AGENTES DE RETENCIÓN.
PROBLEMA JURÍDICO:
¿Quién actúa como agente de retención del impuesto de timbre nacional en un contrato suscrito entre dos personas jurídicas y una entidad vigilada por la Superintendencia Bancaria?
TESIS JURIDICIA:
LA ENTIDAD VIGILADA POR LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA ACTÚA COMO AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL EN UN CONTRATO SUSCRITO ENTRE DOS PERSONAS JURÍDICAS Y UNA ENTIDAD VIGILADA POR LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA.
INTERPRETACION JURÍDICA:
Según el artículo 27 del Decreto 2076 de 1992, actuarán como agentes de retención del impuesto de timbre y serán responsables por su valor total:
1.Los notarios por las escrituras públicas
2.Las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria ( D.R. 180/93. Art 3).
3.Las entidades de derecho público, las empresas industriales y comerciales del estado y las sociedades de economía mixta
4.Las personas jurídicas, las sociedades de hecho y demás asimiladas
5.Las personas naturales o asimiladas que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren unos ingresos brutos o un patrimonio bruto superior a $ 853.800.000 (Valor año 2.000)
6.Los agentes diplomáticos del gobierno colombiano, por los documentos otorgados en el exterior
7.Los bancos por el impuesto correspondiente a los cheques
8.Los almacenes generales de depósito por los certificados y bonos de prenda
9.Las entidades de cualquier naturaleza, por la emisión de títulos nominativos o al portador.
A su vez el parágrafo del mismo artículo señala que cuando en un documento o actuación intervenga más de un agente retenedor de los señalados en los numerales 1) a 5) del referido artículo 27, responderá por la respectiva retención, el agente de retención señalado conforme al orden de prelación de los mismos numerales.
En consecuencia la entidad vigilada por la Superintendencia Bancaria actúa como agente de retención del impuesto de timbre nacional en un contrato suscrito entre dos personas jurídicas y una entidad vigilada por la Superintendencia Bancaria.
LCFR/ICG