Concepto 21233 de 1989 DIAN
(Tributario) ¿Si los servicios de impermeabilización están sometidos a este impuesto (IVA) y si la empresa es responsable de
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CONCEPTO 21233 DE 1989
(09 de diciembre)
TEMA: Impermeabilizantes.
Según su comunicación de referencia, esa empresa factura el Impuesto sobre las Ventas tanto en la venta de sus productos como sobre los contratos de impermeabilización que realizan. Pregunta, entonces, ¿si los servicios de impermeabilización están sometidos a este impuesto y si la empresa es responsable de recaudarlo y pagarlo?.
En primer lugar, es claro que la venta de sus productos está sometida al IVA, toda vez que este tributo recae la venta de todos los bienes corporales muebles mientras la ley no los haya excluido expresamente: Estatuto Tributario, artículo 420. Ahora bien, los productos empleados en impermeabilización no figuran ni como exentos ni como excluidos del gravamen: artículos 424 y 477 del mismo Estatuto.
La tarifa para aplicar el impuesto es la general, esto es, el diez por ciento (10%) sobre el valor de la transacción comercial de compraventa: artículo 447, ibídem.
Por otra parte, el literal c) del artículo 421 de la misma obra considera venta para efectos del impuesto "las incorporaciones de bienes corporales muebles a inmuebles o a servicios no gravados, cuando tales bienes hayan sido construidos, fabricados, elaborados o procesados por quien efectúa la incorporación".
Reglamentando esta disposición, el artículo 29 del Decreto 570 de 1984, modificado por el artículo 28 del Decreto 1813 del mismo año, dice: "La instalación forma parte de la base gravable, cuando la efectúe el productor o vendedor del bien, por su cuenta, o por cuenta del adquirente o usuario".
De estas normas resulta claro que si esa empresa contrata la aplicación de sus productos impermeabilizantes, todo el contrato queda sujeto al Impuesto sobre las Ventas y no únicamente el producto vendido. En consecuencia, esa empresa sí es responsable del IVA y debe cumplir todas las obligaciones inherentes a dicha condición.
Firma:
JUAN PABLO GAITÁN MÉNDEZ.