Oficio 21917 de 2017 DIAN
(Tributario) Vigencia e implementación del artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, el cual crea el incentivo a las inversiones en
Texto del documento
OFICIO 21917 DE 2017
(agosto 16)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Bogotá, D.C.,
Ref.: Radicado 100036874 del 09/06/2017
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, modificado por el artículo 10 del Decreto 1321 de 2011, es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la DIAN.
Consulta usted acerca de la vigencia e implementación del artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, el cual crea el incentivo a las inversiones en hidrocarburos y minería. Al respecto, se precisa que la aplicación de esta norma está sujeta a reglamentación por parte del Gobierno Nacional, de tal manera que aún no es posible explicar sus requisitos y alcances, o establecer el porcentaje sobre el cual se otorgará el Certificado de Reembolso Tributario (CERT), hasta tanto no se expida el reglamento correspondiente por parte de las autoridades competentes.
En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos "Normatividad"-"Técnica" y seleccionando los vínculos "Doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica".
De otra parte, con el propósito de conocer su valiosa opinión sobre nuestro Servicio Informático Electrónico para la gestión de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias, lo invitamos a diligenciar la encuesta del nivel de satisfacción, la cual encontrará en la ruta virtual www.dian.gov.co / barra horizontal superior / Servicio al Ciudadano / PQSR y Denuncias / Encuesta de Satisfacción del Servicio PQSR y Denuncias o ingresando directamente al enlace:
http://wvvw.dian.gov.co/DIAN/Encuesta.nsf/EncuesiaPQSR70penForm
Agradecemos sus aportes que son muy importantes para la implementación de mejoras en el servicio.
Atentamente,
PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina