Concepto 234 de 2000 DIAN
(Aduanero) ¿Que disposición legal faculta al Jefe División Fiscalización Aduanera para formular los requerimientos aduaneros
Texto del documento
CONCEPTO ADUANERO 234 DE 2000
(Noviembre 29)
<Fuente: archivo DIAN>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
DESCRIPTOR
REQUERIMIENTOS ADUANEROS
PROBLEMA JURIDICO
¿Que disposición legal faculta al Jefe División Fiscalización Aduanera para formular los requerimientos aduaneros establecidos en el Decreto 2685 de 1999?
TESIS
EL DECRETO 1265 DE 1999 Y LA RESOLUCIÓN 5632 DE 1999, ARTÍCULO 69, FACULTAN AL JEFE DIVISIÓN FISCALIZACIÓN ADUANERA PARA FORMULAR LOS REQUERIMIENTOS ADUANEROS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO 2685 DE 1999.
INTERPRETACIÓN JURIDICA
Al respecto es procedente precisar que mediante el Decreto 1265 de julio 13 de 1999 se organizó internamente y se distribuyeron funciones en la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Por su parte, la DIAN en ejercicio de las facultades que le fueron otorgadas por el artículo 35 del mencionado Decreto, profirió la Resolución 5632 de 1999 por medio de la cual se distribuyeron dichas funciones al interior de la Entidad, estableciendo en su artículo 69 como funciones de la División de Fiscalización Aduanera; entre otras y según su literal e), las siguientes:
"Adelantar las investigaciones y proferir los pliegos de cargos, requerimientos especiales, resoluciones de entrega, de rescate y entrega, resoluciones de abandono, autos de inspección, autos comisorios y demás actos administrativos previos y preparatorios necesarios para proponer sanciones o liquidaciones oficiales. Así como adelantar las investigaciones necesarias para definir la situación jurídica de mercancías aprehendidas y/o en abandono, cuando a e/lo hubiere lugar, conforme a los procedimientos legales vigentes".( se subraya)
En cuanto al procedimiento legal vigente para la imposición de sanciones por infracciones aduaneras, en la actualidad se encuentra contenido en el Decreto 2685 de 1999, el cual en su artículos 507 al 521 establece un procedimiento único, que comprende un requerimiento especial aduanero, la práctica de pruebas y la expedición de la resolución sancionatoria, funciones que de conformidad con los artículos 52, 69 y 70 de la Resolución 5632 de 1999 compete realizar a la División de Investigaciones Especiales de la Subdirección de Fiscalización Aduanera del Nivel Central y las Divisiones de Fiscalización y Liquidación de las Administraciones aduaneras.
Con base en lo expuesto se concluye para el presente caso, que el Decreto 1265 de 1999, en concordancia con la Resolución 5632 de 1999, artículo 69 literal e), facultan al Jefe de la División de Fiscalización Aduanera de la respectiva Administración, para formular los requerimientos aduaneros establecidos en el Decreto 2685 de 1999.
AUC