Oficio 902744 de 2018 DIAN
(Aduanero) Endoso parcial en propiedad por expresa prohibición de la normatividad comercial
Texto del documento
OFICIO 902744 [2744] DE 2018
(noviembre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Bogotá, D.C.
Ref.: Radicado 043377 del 23/11/2018
Cordial saludo
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para resolver las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de la competencia asignada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
En la solicitud de la referencia se consulta acerca de la vigencia del Concepto 045 de 2004 en el cual se señaló:
"En este orden de ideas, es forzoso concluir que en la importación desde zona franca al resto del territorio aduanero nacional de parte de una mercancía que ingresó a la zona franca amparada en un solo documento de transporte, no procede el endoso parcial en propiedad por expresa prohibición de la normatividad comercial. Por esta razón, el declarante en la importación no podrá contar con el original del documento de transporte al que lo obliga el literal c) del artículo 121 del Decreto 2685 de 1999. En su reemplazo deberá contar con copia del documento de transporte con el que se ingresó la mercancía a la zona franca y registrar este en la casilla correspondiente al número del documento de transporte de la declaración de importación, tal como lo prevé el artículo 371 de la Resolución 4240 de 2000 en su literal a)."
Al respecto nos permitimos señalar que la doctrina se encuentra vigente, toda vez, que el Concepto 045 de 2004 no tiene anotación que indique que haya sido revocado, modificado o aclarado, por el contrario, ha sido objeto de otros pronunciamientos, los cuales anexamos con el fin de que sean examinados por el peticionario para determinar su aplicabilidad al caso objeto de consulta:
Concepto No 045 de 2004,
Oficio No 011668 de 2015,
Oficio No 006618 de 2017.
Lo anterior sin perjuicio de la modificación de las disposiciones que jurídicamente fundamentan dichos pronunciamientos.
En los términos anteriores se absuelve la consulta presentada y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.qov.co siguiendo los iconos: "Normativa" - "técnica" y seleccionando los vínculos "doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica.
Atentamente,
LORENZO CASTILLO BARVO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)
Dirección de Gestión Jurídica