Micelio
🧾 DIAN · Conceptos

Concepto 31187 de 1999 DIAN

(Tributario) ¿Se aplica el interés presunto por préstamos de las sociedades a sus socios, cuando la sociedad está en proceso

311871999Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

CONCEPTO TRIBUTARIO 31197 DE 1999

(Abril 6)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA: PRESTACION DE SERVICIOS GRAVADOS

PROBLEMA JURIDICO

¿Está gravado con el impuesto sobre las ventas el servicio de capacitación sobre normas y procedimientos para la construcción de redes de distribución de energía eléctrica?

TESIS JURIDICA: ESTAN GRAVADOS CON EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS TODOS LOS SERVICIOS QUE NO ESTEN EXPRESAMENTE EXCLUIDOS POR LA LEY.

INTERPRETACION JURIDICA

El artículo 420 del Estatuto Tributario contempla como hecho generador del impuesto sobre las ventas la prestación de servicios en el territorio nacional. De esta forma, y por regla general todo servicio está gravado con el impuesto.

Sin embargo, el artículo 476 del mismo estatuto enumera algunos servicios que se encuentran excluidos del impuesto, y sólo las actividades que correspondan a las listadas en el citado artículo, no están sometidas al impuesto, sobre las ventas.

Con relación a los servicios de capacitación, éstos comprendidos en el citado artículo 476, y tampoco pueden clasificarse dentro de los servicios de educación por cuanto el numeral 6º, es claro al exigir que se trate de educación prestado por establecimientos de educación primaria, media, e intermedia, superior y especial o no formal reconocidos como tales por el Gobierno, o los prestados por las personas naturales a dicho establecimientos.

En consecuencia, los servicios de capacitación objeto de la consulta se encuentran gravados a la tarifa general del impuesto sobre las ventas, es decir al 16%.

CVG/SOV