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Concepto 27450 de 1990 DIAN

(Tributario) Ingresos laborales

274501990Tributario
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CONCEPTO 027450 DE 1990

Octubre 31 de 1990

TEMA: Ingresos laborales.

Consulta usted a esta oficina acerca de una compañía matriz que tiene establecido el procedimiento 2 para la retención en la fuente por ingresos laborales, igual que sus filiales, si en el caso de traslado de un empleado de la matriz a la filial, la cual asume todas las prestaciones sociales del empleado trasladado, puede la filial tomar como promedio base de retención en la fuente mensual el mismo que tenía el empleado en la empresa matriz, o si por el contrario debería calcularse la retención en la fuente con base en la tabla hasta cuando se tenga el primer promedio, asimilándolo a un trabajador que ingresa por primera vez a la organización.

Este Despacho considera que de conformidad con el artículo 194 del Código Laboral “Se entiende como una sola empresa, toda unidad de explotación económica o las varias unidades dependientes económicamente de una misma persona natural o jurídica que correspondan a actividades similares, conexas o complementarias y que tengan trabajadores a su servicio.

2.- En el caso de las personas jurídicas existirá unidad de empresa entre la principal y las filiales o subsidiarias en que aquélla predomine económicamente, cuando, además, todas cumplan actividades similares conexas o complementarias……”.

Esta figura, propia del Derecho Laboral, ha sido tomada para algunos efectos tributarios como el de la retención en la fuente, por el artículo 6o del Decreto 3750 de 1986 al decir: “Cuando 2 ó más empresas que conformen una unidad de empresa efectúen pagos a un mismo trabajador por concepto de salarios u otros ingresos que se originen en la relación laboral, la base para aplicar la retención en la fuente de que trata este decreto deberá incluir a totalidad de los pagos gravables que se efectúen al trabajador por las distintas empresas que conforman la unidad. Para tal efecto, actuará como agente retenedor la empresa que tenga el carácter de principal''.

Como puede observarse, de la norma transcrita, resulta que cuando hay unidad de empresa es indiferente si el pago lo hace una cualquiera de las subordinadas, la matriz o dos o más de ellas. La base para aplicar la retención será el total recibido por el trabajador, de las empresas que conforman la unidad.

Por tanto, respondiendo a su consulta, mientras no se modifique ni suspenda el contrato de trabajo, al pasar un empleado de la casa matriz a la filial, hay continuidad en la relación laboral y por tanto no existe razón para cambiar el procedimiento de liquidación de la retención siendo viable aplicar el promedio que traía.

MPAM7FSC.