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Oficio 47515 de 2014 DIAN

(Tributario) Impuesto sobre la renta para la equidad-CREE - Tarifas Autorretención

475152014Tributario
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Texto del documento

OFICIO 47515 DE 2014

(agosto 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C., 06 AGO. 2014

100208221-000677

Señora

MARINA PINTO MONROY

Carrera 23 2- 38

maryluna0704@hotmail.com

Bogotá D.C.

Ref.: Radicado 100000837 del 17/01/2014

Tema: Impuesto sobre la renta para la equidad-CREE

Descriptores: Tarifas Autorretención

Fuentes Formales: Decreto 014 de 2014

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 0006 de 2009, es función de este Despacho absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.

En el escrito de la referencia, pregunta por la vigencia del Decreto 014 de enero 9 de 2014 que modificó las tarifas de autorretención del impuesto sobre la renta para la equidad, CREE.

El Decreto 014 de enero 9 de 2014, en efecto modificó las tarifas de autorretención del CREE, que contemplaba el Decreto 3029 de 2013.

Las tarifas anteriores a la modificación, estuvieron vigentes hasta el 8 de enero de 2014, en razón a que a partir del día 9, fecha de vigencia y publicación del Decreto 014 de 2014, produjo la anterior modificación.

De esta forma, la tarifa del 0.3% pasó al 0.4%; 0.50% al 0.60% y la del 1.50% al 1.60.

En consecuencia, los autorretenedores, por lo correspondiente al mes de enero de 2014, deberán declarar las auotrretenciones practicadas durante estos 8 días, a las tarifas del 0.3%, 5, y 1.5% en las casillas correspondientes a las nuevas tarifas, 0.4%, 0.6% y 1.60%, respectivamente, junto con las demás autorretenciones practicadas en el periodo, a las nuevas tarifas.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y de manera cordial le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, http://www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el ícono de “Normatividad” – “Técnica” – dando click en el link “Doctrina” – “Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

YUMER YOEL AGUILAR VARGAS

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina