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Oficio 28504 de 2007 DIAN

(Tributario) ¿para estar obligado a presentar declaraciones en forma virtual a través de los servicios informáticos de la DIA

285042007Tributario
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Texto del documento

OFICIO TRIBUTARIO 28504 DE 2007

(Abril 16)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN


Oficina Jurídica

5300011 -Oficio No.00113

 
Bogotá, D.C.

 
Señor

JULIO ENRIQUE ORDOÑEZ PEÑA

Carrera 1 CE No. 11-48

Popayán – Cauca

 
Ref.: Consulta radicada bajo el No. 10156 el 2 de febrero de 2007.

 
Cordial saludo señor Ordóñez:

 
Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver de manera general y abstracta las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

 
Solicita en su escrito se precise si para estar obligado a presentar declaraciones en forma virtual a través de los servicios informáticos de la DIAN, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 4 del articulo 2 de la Resolución 00057 del 4 de enero de 2007, es necesario que el contribuyente cumpla todos los requisitos o uno solo para estar obligado a presentar virtualmente sus declaraciones.

 
Sobre el particular, este despacho se pronunció mediante Oficio No. 023198 de 2007, cuya copia se anexa.

 
Respecto a su inquietud sobre la calidad de agente retenedor a que se refiere el numeral 4 del artículo 2 de la Resolución 00057 de 2007, le informamos que la referida disposición, no hace referencia a una clase de impuesto, solamente agrega como requisito para el cumplimiento de la obligación haber sido agente de retención durante el año gravable 2006.

 
Por último le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedida desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” – “Técnica”- dando clic en el link “Doctrina Oficina Jurídica”.

Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ

Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria Oficina Jurídica