Oficio 903074 de 2020 DIAN
(Tributario) Entidades que se encuentran obligadas a recaudar el impuesto solidario por el COVID 19
Texto del documento
OFICIO 903074 DE 2020
(julio 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
RAD: 903074
100208221-829
Bogotá, D.C. 09/07/2020
| Tema | Impuesto solidario por el COVID 19 |
| Descriptores | Elementos del impuesto solidario por el COVID 19 |
| Fuentes formales | Decreto Legislativo 568 de 2020 |
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria solicita se le informe la relación de entidades que se encuentran obligadas a recaudar dicho impuesto.
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
El artículo 2 del Decreto Legislativo 568 de 2020 establece que serán sujetos pasivos del impuesto solidario por el COVID 19:
(i) Los servidores públicos en los términos del artículo 123 de la Constitución Política cuyos salarios mensuales periódicos sean de 10 millones o más.
(ii) Las personas naturales vinculadas mediante contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública cuyos honorarios mensuales periódicos sean de 10 millones o más.
(iii) Los <sic> personas naturales que reciban pensiones de 10 millones o más, sin consideración del régimen pensional, el origen de la pensión o cualquier otra consideración.
Por su parte los artículos 8 y 11 del Decreto Legislativo 568 de 2020, sobre los agentes de retención del impuesto solidario por el COVID 19 y el aporte solidario establecen:
| Artículo 8 | Artículo 11 |
| Agentes de Retención en la Fuente a título del impuesto solidario por el COVID19. Son agentes de retención en la fuente a título del impuesto solidario por el COVID19 los agentes de retención en la fuente del impuesto sobre la renta y complementarios que además de las obligaciones previstas en el Estatuto Tributario deberán incluir en el certificado de retención en la fuente que expiden cada año el valor de la retención en la fuente en el año 2020 a título del impuesto solidario por el COVID19. | Agentes de Retención en la Fuente a título del aporte solidario voluntario por el COVID19. Son agentes de retención en la fuente a título del aporte solidario voluntario por el COVID 19 los agentes de retención en la fuente del impuesto sobre la renta y complementario que además de las obligaciones previstas en el Estatuto Tributario deberán incluir en el certificado de retención en la fuente que expiden cada año el valor de las retenciones en la fuente practicadas en el año 2020 a título del aporte solidario voluntario por el COVID19. |
Por último, se adjunta para su conocimiento y fines pertinentes los oficios No. 100208221469 y 100208221- 513, doctrina oficial que interpreta el contenido del Decreto Legislativo 568 de 2020 y analiza los elementos del impuesto y del aporte del Impuesto solidario por el COVID 19.
En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica
Fuentes formales
Decreto Legislativo 568 de 2020
Descriptores
Elementos del impuesto solidario por el COVID 19