Concepto 92328 de 2000 DIAN
(Tributario) ¿El consorcio o unión temporal como tal debe acreditar y anexar el certificado sobre el cumplimiento de sus oblig
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 92328 DE 2000
(Septiembre 21)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
53011
Bogotá D.C.,
Señor
JAIRO ARTURO CARDENAS AVELLANEDA
Avenida 19 No.131-40 Oficina 803 Torre B
Bogotá D.C.
Referencia: Consulta radicado No. 85408 del 10 de agosto de 2000
De conformidad con el literal h del artículo 11 del decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la resolución 5601 de 1999, modificada por la Resolución 156 del mismo años, es función de esta División absolver de modo general las consultas escritas que se le formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, y en tal sentido se da respuesta a su consulta.
PROBLEMA JURIDICO
El consorcio o unión temporal como tal debe acreditar y anexar el certificado sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias nacionales, concerniente al impuesto sobre las ventas y por retención en la fuente, así este consorcio o unión temporal se haya creado únicamente con el fin de participar en una licitación o en un concurso público específico? O, una vez favorecido con la licitación o concurso público, el consorcio o unión temporal debe acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarais nacionales antes de firmar el respectivo contrato con la entidad?
TESIS JURIDICA
No existe ninguna excepción a que todo consorcio o unión temporal deba acreditar y anexar el certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias nacionales para participar en una licitación o concurso público, además de la certificación por cada consorciado o asociado.
INTERPRETACION JURIDICA
El parágrafo 3o del artículo 57 de la Ley 550 de 1999 establece la obligación de acreditar estar al día en las obligaciones tributarias nacionales en los siguientes términos: Para participar en una licitación pública, presentación de ofertas o adjudicación de contratos con alguna entidad del Estado, el licitante deberá estar al día en sus obligaciones tributarias nacionales. Para tal efecto la DIAN en el nivel nacional o la entidad que haga sus veces en los niveles territoriales certificarán tal hecho.”
Como se observa no establece la norma excepción alguna, y en consecuencia aún los consorcios y uniones temporales deben acreditar encontrarse al día en sus obligaciones tributarias. En este sentido, el concepto No. 77746 de agosto 17 del presente año, y en relación con el tema de su consulta y del cual se adjunta copia, afirmó: “Para efectos de participar en una licitación o concurso público ante una entidad estatal del orden nacional no existe ninguna excepción de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias del arden nacional” (resalta el Despacho).
Atentamente,
YOLANDA GRANADOS PICÓN
Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria
Anexo Concepto 077746 del 17 de agosto de 2000