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Oficio 29543 de 2012 DIAN

(Aduanero) ¿Cuál es el estado de Colombia frente al Convenio ATA, con el ánimo de realizar importaciones temporales de mercan

295432012Aduanero
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Texto del documento

OFICIO 29543 DE 2012

(mayo 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, 08 MAYO 2012

Oficio No. 100208221- 216

Señor

JUAN CARLOS RONDÓN

Vector E M

Calle 98 No. 9 - 03 Oficina 707

Bogotá D.C.

Paola.quzman@vectorem.com

Ref. Radicado No. 11321 de 09/02/2012 y 13323 del 15/02/12

TemaAduanas
DescriptoresProcedimiento Aduanero
Fuentes formalesConvenio de Estambul o de Cuadernos ATA

Atento saludo señor Rondón.

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, y la Orden Administrativa 000006 de 2009, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la entidad.

Solicita en su escrito se le informe cual es el estado de Colombia frente al Convenio ATA, con el ánimo de realizar importaciones temporales de mercancías en un mismo estado y la reexportación de éstas.

Al respecto me permito manifestarle que Colombia no hace parte del Convenio de Estambul suscrito el 26 de junio de 1990 con el que se derogó y sustituyó el Convenio Aduanero sobre el cuaderno ATA para la importación temporal de mercancías, suscrito en Bruselas el 6 de diciembre de 1961.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.co http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos “Normatividad” – “técnica” y seleccionando los vínculos “Doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.

Cordialmente,

MARÍA HELENA CAVIEDES CAMARGO

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

Fuentes formales

Convenio de Estambul o de Cuadernos ATA

Descriptores

Procedimiento Aduanero