Micelio
🧾 DIAN · Oficios

Oficio 70385 de 2013 DIAN

(Tributario) ¿Cuál es el periodo para presentar la declaración de retención del impuesto sobre la renta para la equidad - CR

703852013Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

OFICIO 70385 DE 2013

(noviembre 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C. 1 NOV 2013

100208221- 000890

Señor

WILLIAM RAFAEL MEZA PÉREZ

Carrera 11 34- 89

Barranquilla-Atlántico

Ref: Radicado 100009715 del 03/10/2013

Tema:Impuesto sobre la renta para la equidad-CREE
Descriptores:Periodo de presentación de la declaración de retención - autorretencion
Fuentes FormalesDecreto 1828/13

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 0006 de 2009, es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarías en lo de competencia de esta entidad.

Pregunta al tenor de lo previsto en el artículo 3 del Decreto 1828 de 2013, cuál es el periodo para presentar la declaración de retención del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE, para las personas jurídicas contribuyentes de este impuesto, que se constituyan durante el año gravable.

El artículo 3 del Decreto 1828 de 2013, establece los periodos y plazos para la presentación de la declaración de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE.

Para el efecto, establece dos periodos: Mensual y Cuatrimestral, los cuales dependerán del nivel de ingresos en UVT que hayan tenido los sujetos pasivos en el año 2012;

“…

Los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron iguales o superiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración mensual de retención en la fuente a título de CREE en las siguientes fechas...

...Los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron Inferiores a 92.000 UVT deberán presentar la declaración de retención en la fuente a título de CREE cada cuatro meses...”

Ahora, bien, en cuanto al periodo que corresponde a los autorretenerdores que se constituyan durante el año gravable, es evidente que el Decreto 1828/13 guardo silencio, razón que impide que esta Oficina emita pronunciamiento alguno que complemente la facultad reglamentaria del gobierno nacional. No obstante, mediante Oficio No. 100202208-1643 de Octubre 25 de 2013, se trasladó la inquietud al Ministerio de Hacienda y C. para efectos de que se incluya en la reglamentación que se encuentra en proceso de expedición.

Por ello lo invitamos a consultar la página WEB de esta Entidad en donde se publican los decretos reglamentarios expedidos sobre estos temas.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por La Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos: ”Normatividad”-"Técnica” y seleccionando los vínculos “ doctrina" y “ Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

LEONOR EUGENIA RUIZ DE VILLALOBOS

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

Fuentes formales

Decreto 1828/13