Oficio 675 de 2018 DIAN
(Tributario) Legalidad del Impuesto al teléfono fijo
Texto del documento
OFICIO 675 DE 2018
(mayo 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
100208221 -000675
Bogotá, D.C.
Ref.: Radicado 100013074 del 16/04/2018 y 100012724 del 21/03/2018
Cordial saludo
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la entidad.
En atención a la consulta formulada por usted mediante correo electrónico y radicado con el No. 887905 al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, indagando sobre la legalidad del Impuesto al teléfono fijo, consulta que fue remitida por el ministerio en mención a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Al respecto este despacho le manifiesta que frente al impuesto de la telefonía local se remite fotocopia del Oficio 28701 del 23 de octubre de 2017, proferido por esta Subdirección para su conocimiento y demás fines pertinentes.
Ahora bien, frente a la vigencia de las Leyes 97 de 1913 y 84 de 1915, este despacho le Informa que la Ley 97 de 1913, la cual le otorgó la facultad de crear y organizar el cobro así como el destino del impuesto por colocación de avises en la vía pública, interior y exterior de coches tranvías, estaciones ferrocarriles, cafés y cualquier establecimiento público al Concejo Municipal de Bogotá, y la Ley 84 de 1915 extendió esta atribución a los demás concejos municipales.
Este despacho le aclara que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales no tiene competencia para Informar sobre la vigencia de las leyes en mención.
En los anteriores términos se absuelve parcialmente su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestras bases de datos jurídicas ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.qov.co siguiendo el icono de "Normatividad"-"técnica y seleccionando los vínculos "doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica".
Atentamente,
PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina