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Concepto 94 de 2000 DIAN

(Aduanero) ¿Cuál es la situación jurídica de las mercancías de origen extranjero adquiridas en los centros comerciales de s

942000Aduanero
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Problema jurídico

¿CUÁL ES LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LAS MERCANCÍAS DE ORIGEN EXTRANJERO ADQUIRIDAS EN LOS CENTROS COMERCIALES DE SAN ANDRESITO?

Tesis jurídica

LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LAS MERCANCÍAS DE ORIGEN EXTRANJERO ADQUIRIDAS EN LOS CENTROS COMERCIALES DE SAN ANDRESITO, SERÁ AQUELLA QUE CORRESPONDA A LA FORMA COMO FUERON INTRODUCIDAS AL TERRITORIO NACIONAL.

Texto del documento

CONCEPTO ADUANERO 94 DE 2000

(Junio 16)

<Fuente: archivo DIAN>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

Problema Jurídico¿CUÁL ES LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LAS MERCANCÍAS DE ORIGEN EXTRANJERO ADQUIRIDAS EN LOS CENTROS COMERCIALES DE SAN ANDRESITO?
Tesis Jurídica
LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LAS MERCANCÍAS DE ORIGEN EXTRANJERO ADQUIRIDAS EN LOS CENTROS COMERCIALES DE SAN ANDRESITO, SERÁ AQUELLA QUE CORRESPONDA A LA FORMA COMO FUERON INTRODUCIDAS AL TERRITORIO NACIONAL.

MERCANCIAS - INTRODUCCION

MERCANCIAS - SITUACION JURIDICA

DECRETO 1909 DE 1992 ART. 3

DECRETO 1909 DE 1992 ART. 62

DECRETO 1800 DE 1994

La legislación aduanera (Decretos, 1909 de 1992, 1800 de 1994, etc.) establece las modalidades, procedimientos y demás regulaciones relacionadas con la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio nacional.

Allí se indican, cuales son los documentos que se requieren, los tributos que se deben cancelar, las modalidades bajo las cuales lo pueden hacer y las sanciones en las que se puede incurrir como consecuencia de la inobservancia de los requisitos exigidos.

Como se ve, indiferentemente de la persona que las posea ó del lugar del territorio nacional donde estén ubicadas las mercancías extranjeras, se pueden encontrar legal o ilegalmente introducidas, dependiendo entonces, del cumplimiento o no de los requisitos exigidos, por la Legislación Aduanera, para su importación.

De tal manera que, si en cualquier establecimiento comercial, existen mercancías que no han cumplido con los requisitos exigidos para su legal introducción al país, las autoridades aduaneras, con base en las facultades otorgadas por el artículo 62 del decreto 1909 de 1992, pueden ejercer, sobre ellas, todas las medidas de fiscalización y control de que habla el mencionado artículo. Lo mismo ocurre cuando, en la misma situación, son adquiridas, de éstos lugares, por cualquier persona, pues de conformidad con el artículo 3o ibídem, la obligación aduanera se traslada a quien posea el bien.

En conclusión, se puede afirmar que la situación jurídica aduanera de las mercancías extranjeras que se encuentran en cualquier establecimiento comercial, depende de la forma como haya sido introducida al territorio nacional.