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Oficio 901401 de 2020 DIAN

(Tributario) Impuesto solidario por el COVID - 19 - Elementos del tributo

9014012020Tributario
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Texto del documento

OFICIO 901401 DE 2020

(mayo 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221 - 521

Bogotá, D.C. 06/05/2020

TemaImpuesto solidario por el COVID 19
Descriptores Elementos del tributo
Fuentes formalesDecreto Legislativo 568 de 2020

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

Mediante el radicado de la referencia, se realizan unas preguntas en relación con el impuesto solidario por el COVID 19 consagrado en el Decreto Legislativo 568 de 2020, las cuales serán resueltas por este Despacho en el orden en que fueron propuestas, así:

Pregunta 1

De conformidad con el artículo 2 del Decreto Legislativo 568 de 2020, son sujetos del impuesto solidario por el COVID 19 las personas naturales que reciban pensiones de 10 millones o más, sin realizar consideraciones respecto al régimen pensional y/o el origen de la pensión. En consecuencia, las personas naturales cuyas pensiones estén sometidas al tratamiento consagrado en el artículo 206 del Estatuto Tributario, son sujetos pasivos del impuesto solidario por el COVID 19.

Recientemente, el Consejo de Estado ha señalado que la asignación de retiro es una prestación de naturaleza económica de la cual se hacen acreedores al cese definitivo de la prestación de sus servicios. Esto es, la asignación de retiro resulta ser la consagración de un sistema pensional especial para la Fuerza Pública y, por lo tanto, una de las formas en que se materializa el derecho a la seguridad social del sector. (Sentencia 2201-07 del 14 de septiembre de 2017 y Sentencia 3533-2017 del 20 de noviembre de 2019, CP.: Willian Hernández Gómez, Sección Segunda, Consejo de Estado).

Así las cosas, este Despacho considera que procede la excepción de que trata el inciso 4 del artículo 2 del Decreto Legislativo 568 de 2020, únicamente cuando se trate de las personas listadas taxativamente en dicha disposición normativa que, en ejercicio de sus funciones, tienen un mayor riesgo de contagio, por lo que se requiere que estén en servicio activo.

Pregunta 2

Para efectos del impuesto solidario por el COVID 19, se deben analizar de manera independiente los pagos o abonos en cuenta por concepto de salarios, honorarios y pensiones.

Lo anterior sin perjuicio de aquellos casos en donde una persona natural esté vinculada mediante 2 o más contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública. En estos casos, se deben tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuenta para efectos de determinar la sujeción pasiva, el hecho generador, la base gravable y la tarifa. Sobre este tema, este Despacho se pronunció recientemente mediante Concepto 100208221 - 513 de 2020, el cual anexamos para su conocimiento.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina

Dirección de Gestión Jurídica

Fuentes formales

Decreto Legislativo 568 de 2020

Descriptores

Elementos del tributo