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Oficio 914505 de 2021 DIAN

(Tributario) Vigencia límite al uso del tiquete de máquina registradora con sistema POS - Factura de venta

9145052021Tributario
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Texto del documento

OFICIO 914505 DE 2021

(noviembre 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Normativa y Doctrina

100208192-470

Bogotá, D.C.

Tema:Documentos equivalentes a la factura de venta
Descriptores:Vigencia límite al uso del tiquete de máquina registradora con sistema POS
Fuentes formales:Parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2155 de 2021

Cordial saludo,

De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

Mediante el radicado en referencia, la peticionaria consulta acerca de la aplicación y entrada en vigencia del límite al uso del documento equivalente generado por máquina registradora con sistema POS, dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, planteando las siguientes inquietudes:

“1. ¿Cuándo se dará a conocer el decreto reglamentario que establecerá el cronograma donde se aplique la limitante de las 5 UVT en la generación de los documentos POS?

2. ¿Cuándo se tiene estimada la primera fecha para cumplir esta nueva directriz?”

Sobre el particular se informa que, las competencias de este Despacho se limitan a la interpretación de la normatividad tributaria, aduanera y cambiaria vigente. Por lo tanto, esta Subdirección desconoce la fecha en la cual se expedirá la reglamentación del límite al uso del documento equivalente tiquete de máquina registradora con sistema POS, dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario, de conformidad con la modificación efectuada por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021.

Sin embargo, se precisa que, en virtud de lo establecido en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, previo a la expedición de la regulación objeto de consulta, el proyecto de la norma deberá ser publicado para comentarios de la ciudadanía en la página web de esta Entidad. Por lo cual, se invita a la peticionaria a consultar permanentemente el mencionado sitio web.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co,la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaría expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“Doctrina”, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

NICOLÁS BERNAL ABELLA

Subdirector de Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica