Oficio 75028 de 2009 DIAN
(Aduanero) ¿Cuál es el proceso para la nacionalización de una mercancía consistente en zapatos que se encuentra en zona fran
Texto del documento
OFICIO 75028 DE 2009
(Septiembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
Dirección de Gestión Jurídica
Bogotá, D. C.,
Oficio No. 100208221-00-379
Señor
JUAN PABLO QUINTERO CARREÑO
Carrera 86 34-50 C85
Cali (Valle).
Ref.: Consulta radicado número 59848 de 10/07/2009
Cordial saludo Sr. Quintero.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales.
Respecto a su inquietud sobre cuál es el proceso para la nacionalización de una mercancía consistente en zapatos que se encuentra en zona franca hace más de 12 años, le informo:
De conformidad con el artículo 1 del Decreto 2685 de 1999 la importación es la introducción de mercancía procedente de exterior y de zona franca al resto del territorio aduanero nacional, en los términos previstos en dicho Decreto.
A su vez el artículo 87 ibidem señala que la obligación aduanera nace por la introducción al país de dichas mercancías y comprende entre otras, la presentación de la Declaración de Importación, el pago de los tributos aduaneros y de las sanciones a que haya lugar, así como la obligación de obtener y conservar los documentos que soportan la operación.
Por su parte el artículo 399 del Decreto citado establece que la introducción al resto del Territorio Aduanero Nacional de bienes procedentes de la Zona Franca será considerada una importación y se someterá a las normas y requisitos exigidos a las importaciones de acuerdo con lo previsto en este decreto.
Al respecto, el Concepto 099 de 2003, emitido por la División de Normativa y Doctrina Aduanera señaló los trámites que se deben surtir para efectos de obtener la nacionalización de las mercancías el cual remito para su información por constituir la doctrina oficial vigente sobre el particular.
Además, es importante precisar que en materia de importación de calzado debe darse cumplimiento a las normas que establecen requisitos especiales para este tipo de bienes, en especial los Decretos 1299 de 2006, 2174 de 2007, 4320 de 2008 y las resoluciones reglamentarias 5455 de 2006 y 14183 de 2007.
Frente a sus inquietudes correspondientes a los literales b) y d) de su consulta relativos a la valoración de la mercancía, aplicación de demérito y factura que debe anexar el importador, fueron remitidas a la Subdirección de Gestión de Técnica Aduanera, para los fines pertinentes.
En tos anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.cosiguiendo los iconos: "Normatividad" - "técnica" y seleccionando los vínculos "Doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica.
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCES SÁNCHEZ
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina