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Oficio 46828 de 2012 DIAN

(Tributario) ¿Las personas naturales con patrimonio superior a tres mil millones de pesos, no obligadas a llevar contabilidad y

468282012Tributario
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Texto del documento

OFICIO 46828 DE 2012

(julio 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C. 24 JUL. 2012

100208221  441

Señora

DIVA LILIANA GUZMAN

Carrera 78 i No. 56A-75 SUR

Bogotá D.C.

Ref.: Radicado 0574 del 25/06/2012

Tema:Procedimiento Tributario
Descriptores:Obligados a Diligenciar Formato 1732
Fuentes Formales:Artículos 1, 2 y 3 Resolución 000017 de 2012.
Resumen de Notas de Vigencia

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, y la Orden Administrativa 000006 de 2009, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la entidad.

Solicita en su escrito se precise si las personas naturales con patrimonio superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.oo), no obligadas a llevar contabilidad y declarante del impuesto de renta, deben diligenciar y presentar el formato No. 1732 - Especificaciones para el suministro de la información con relevancia tributaria para el año gravable 2011 (Anexo 2 de la Resolución 000017 de 2012).-

La prescripción del formulario 110, consagrada en el artículo 1 de la Resolución 000017 de 2012, es para la presentación de la declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad, correspondiente al año gravable 2011 o fracción del año gravable 2012.

Por su parte el artículo 3 ibídem, establece parámetros para algunas personas que deberán presentar información con relevancia tributaria correspondiente al año gravable 2011, para efectos de control tributario, teniendo en cuenta el formato No. 1732 y las especificaciones del anexo 2; señalando entre otras, a aquellos obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2010 que en la declaración inicial o en la última corrección presentada en el año 2011, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000).

<Ver Notas de Vigencia> De lo anterior, se concluye que las personas naturales con patrimonio superior a tres mil millones de pesos ($ 3.000.000.00), no obligadas a llevar contabilidad y declarantes del impuesto de renta, deben diligenciar y presentar el formato No. 1732.

Notas de Vigencia

Finalmente, le informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su página de INTERNET www.dian.gov. <http.//.dian.gov.co> ingresando por el icono de “Normatividad”-“técnica”, dando clic en el link “Doctrina Oficina Jurídica.

Cordialmente,

LEONOR EUGENIA RUIZ DE VILLALOBOS

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina (A)