Concepto 73634 de 2000 DIAN
(Tributario) ¿El servicio de scanneo de imágenes prestado a una agencia de publicidad, se encuentra sujeto al Impuesto sobre l
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 73634 DE 2000
(Agosto 3)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
TEMA
SERVICIO DE SCANNEO PARA PUBLICIDAD
PROBLEMA JURIDICO
¿El servicio de scanneo de imágenes prestado a una agencia de publicidad, se encuentra sujeto al Impuesto sobre las Ventas a la tarifa del 10%?
TESIS JURIDICA:
NO, EL SERVICIO DE SCANNEO PRESTADO A UNA AGENCIA DE PUBLICIDAD SE ENCUENTRA SUJETO AL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS A UNA TARIFA DEL 15%.
INTERPRETACION JURIDICA:
Son hechos que dan lugar a que el Impuesto sobre las Ventas se cause, según el artículo 420 del Estatuto Tributario, la venta: de bienes corporales muebles así como la prestación de servicios.
El servicio de publicidad se encuentra, definido por el artículo 25 de Decreto 433 de 1999 como "todas las actividades tendientes a crear, diseñar, elaborar, interpretar, publicar o divulgar anuncios, avisos, cuñas o comerciales, con fines de divulgación al público en general, a través de los diferentes medios de comunicación, tales como, radio, prensa, revistas, televisión, cine, vallas, pancartas, impresos, insertos, así como la venta o alquiler de espacios para mensajes publicitarios en cualquier medio, incluidos los edictos, avisos clasificados y funerarios.
Conforme a esta disposición, para que una actividad sea considerada servicio de publicidad se requiere que la misma se dirija a la creación, al diseño o a la elaboración de anuncios, avisos, cuñas o comerciales. Sin embargo el servicio de publicidad debe distinguirse de todos los servicios que concurren para que pueda prestarse y que se orientan a que la publicidad se materialice.
El servicio de publicidad con su tarifa especial, se genera en cabeza de quien lo presta, realizando cualquiera de las actividades a que hace relación el artículo 25 del Decreto 433 de 1999 tendientes a la creación, diseño o elaboración del mensaje publicitario.
En cabeza de quien presta otros servicios, se genera el Impuesto a las Ventas por, el servicio prestado, en este caso el scanneo de imágenes, a la tarifa general, actualmente del 15%, aunque se requieran por la agencia de publicidad o por quien presta el servicio de publicidad para su materialización.
Para quien presta el servicio de publicidad, el Impuesto a las Ventas descontable solo puede ser así tratado hasta concurrencia de la tarifa del 10%, constituyendo la diferencia mayor valor del costo. Otro tratamiento recibe el Impuesto a las Ventas desmontable para quien presta servicios de scanneo, quien tiene derecho a este siguiendo las disposiciones generales sobre la materia.
YHA