Oficio 36239 de 2016 DIAN
(Tributario) ¿En las importaciones de bienes almacenados en un CDLI es posible realizar el desaduanamiento de los bienes con co
Texto del documento
OFICIO 36239 DE 2016
(diciembre 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
100208221-001110
Bogotá, D.C.
Ref: Radicado 100043075 del 28/11/2016
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias, duraderas y cambiarías de carácter nacional, en lo de competencia de esta Entidad
Revisada la solicitud de la referencia en la que se consulta”
“¿En las importaciones de bienes almacenados en un CDLI es posible realizar el desaduanamiento de los bienes con copia del documento de transporte y los demás documentos soporte requeridos, en su versión original tal como se permite en la importación de mercancías desde zona franca al resto del territorio aduanero nacional?”, me permito informar que mediante Resolución 72 de 29 de noviembre de 2016, esta entidad se pronunció al respecto así:
“(…)
Artículo 16. Adiciónese un parágrafo al artículo 25 de la Resolución 041 de 2016, el cual quedará así:
“Parágrafo. Cuando el documento de transporte se señale que la carga ingresará a un Centro de Distribución Logística Internacional, el cual ampare mercancías que serán sometidas a distintos destinos aduaneros, para cada uno de tales destinos deberá acompañarse con el documento que soporte la operación comercial, junto con la copia del documento de transporte mediante el cual ingresó la mercancía al país.”
En el informe señalado en el numeral 2 del artículo 113 del Decreto 390 de 2016, deberá registrarse por cada uno de los documentos de transporte, los destinos aduaneros a los que se sometan las mercancías.”
(…)”
En los anteriores términos se resuelve su consulta y de manera cordial le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co,http://www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad”_-“técnica”- dando click en el link “Doctrina” – “Dirección de Gestión Jurídica.”
Atentamente,
PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina