Oficio 903514 de 2020 DIAN
(Tributario) ¿Por qué medio deberán radicarse las solicitudes de devolución automáticas de saldos a favor de que trata el D
Texto del documento
OFICIO 903514 DE 2020
(julio 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
RAD: 903514
100208221-922
Bogotá, D.C. 27/07/2020
| Fuentes formales | Decreto Legislativo 535 de 2020 Decreto Legislativo 807 de 2020 |
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se indique por qué medio deberán radicarse las solicitudes de devolución automáticas de saldos a favor de que trata el Decreto Legislativo 535 de 2020, así como la forma en que deberá presentarse si el solicitante no cuenta con el mecanismo de firma electrónica.
Sobre el particular, este Despacho informa que el Decreto Legislativo 535 de 2020, modificado por el Decreto Legislativo 807 de 2020, estableció el procedimiento abreviado para la devolución y/o compensación de los saldos a favor. Para estos efectos, la DIAN puso a disposición de los contribuyentes en su página web el procedimiento y mecanismos a través de los cuales podían radicar sus solicitudes.
En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica
Fuentes formales
Decreto Legislativo 535 de 2020Decreto Legislativo 807 de 2020