Oficio 55035 de 2012 DIAN
(Tributario) ¿Para efectos de la sumatoria mensual de los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios a q
Texto del documento
OFICIO 55035 DE 2012
(agosto 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA
Bogotá, D.C. 29 AGO. 2012
100208221 – 541
Doctor
FERNANDO PATIÑO HERNÁNDEZ
Gerente
Oibana de Servicios Públicos E.S.P.
Diagonal 13 No. 8-24
Oiba, Santander
Ref.: Radicado 47078 del 12/06/2012
| Tema | Retención en la Fuente |
| Descriptores | Trabajadores independientes |
| Fuentes Formales | Ley 1527 de 2012, art. 13 |
Cordial saludo, Dr. Patiño:
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho está facultado para absolver en sentido general, las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Consulta si para efectos de la sumatoria mensual de los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios a que se refiere el artículo 13 de la Ley 1527 de 2012, se tienen en cuenta todos los contratos del trabajador independiente o solamente los realizados con el respectivo contratante?
La Dirección de Gestión Jurídica se pronunció al respecto, mediante oficio No. 050628 del 10 de agosto de 2012:
"De la lectura armónica del artículo 13 de la Ley 1527 de 2012, fácilmente se colige que la tabla allí señalada debe aplicarse a los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios, cuya sumatoria mensual a cargo del respectivo agente de retención sea superior a cien (100) UVT sin que exceda de trescientas (300) UVT, efectuados a trabajadores independientes pertenecientes al régimen simplificado, o que cumplan los topes y condiciones de este régimen cuando no sean responsables del IVA." (subrayado fuera de texto).
Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaría expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"-, dando click en el link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica".
Atentamente,
DENNYS'GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
Delegado Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Fuentes formales
Ley 1527 de 2012, art. 13
Descriptores
Trabajadores independientes