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Oficio 55035 de 2012 DIAN

(Tributario) ¿Para efectos de la sumatoria mensual de los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios a q

550352012Tributario
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Texto del documento

OFICIO 55035 DE 2012

(agosto 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C. 29 AGO. 2012

100208221 – 541

Doctor

FERNANDO PATIÑO HERNÁNDEZ

Gerente

Oibana de Servicios Públicos E.S.P.

Diagonal 13 No. 8-24

Oiba, Santander

Ref.: Radicado 47078 del 12/06/2012

TemaRetención en la Fuente
DescriptoresTrabajadores independientes
Fuentes FormalesLey 1527 de 2012, art. 13

Cordial saludo, Dr. Patiño:

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho está facultado para absolver en sentido general, las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Consulta si para efectos de la sumatoria mensual de los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios a que se refiere el artículo 13 de la Ley 1527 de 2012, se tienen en cuenta todos los contratos del trabajador independiente o solamente los realizados con el respectivo contratante?

La Dirección de Gestión Jurídica se pronunció al respecto, mediante oficio No. 050628 del 10 de agosto de 2012:

"De la lectura armónica del artículo 13 de la Ley 1527 de 2012, fácilmente se colige que la tabla allí señalada debe aplicarse a los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios, cuya sumatoria mensual a cargo del respectivo agente de retención sea superior a cien (100) UVT sin que exceda de trescientas (300) UVT, efectuados a trabajadores independientes pertenecientes al régimen simplificado, o que cumplan los topes y condiciones de este régimen cuando no sean responsables del IVA." (subrayado fuera de texto).

Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaría expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"-, dando click en el link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica".

Atentamente,

DENNYS'GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ

Delegado Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Fuentes formales

Ley 1527 de 2012, art. 13

Descriptores

Trabajadores independientes