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Oficio 17248 de 2019 DIAN

(Tributario) ¿Las normas expedidas por la DIAN con base en un Decreto que en el momento de su expedición estaba vigente, sigue

172482019Tributario
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Texto del documento

OFICIO 17248 DE 2019

(julio 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Bogotá, D.C.

Ref.: Radicado 100031720 del 17/05/2019

TemaGeneralidades
DescriptoresPrincipio de Legalidad
Fuentes formalesFunciones de la Dirección General. Artículo 6o del Decreto 4048 de 2008

Cordial saludo,

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias.

No es de nuestra competencia emitir conceptos sobre procedimientos específicos o actuaciones particulares concretas que deban adelantar los contribuyentes frente a obligaciones previstas en el Estatuto Tributario.

A continuación, damos respuesta a la siguiente consulta:

¿Las normas expedidas por la DIAN con base en un Decreto que en el momento de su expedición estaba vigente, siguen teniendo sustento jurídico después de que el Decreto que sirvió de base para la expedición de esa norma ha sido derogado? ¿Puede además la DIAN continuar emitiendo actos administrativos fundamentados en la norma expedida con anterioridad a la derogación del Decreto?

En concreto la DIAN ha expedido normas con base en el Artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 que fue derogado por el artículo 4048 de 2018. (1)Siguen vigentes esas normas con posterioridad a la derogación del Decreto? ¿ Y (2) Puede la DIAN continuar expidiendo actos administrativos con base en normas que fueron promulgadas con base en el Decreto derogado?

En efecto. El artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, por el cual se organiza la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, fue derogado por el artículo 53 del Decreto 4048 de 2008, por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El derogado artículo 19 establecía cuales eran las funciones de la Dirección General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales UAE DIAN a través de los literales comprendidos entre la a y la z y entre la aa y la pp. Hoy, dichas funciones encuentran plasmadas en el artículo 6o del Decreto 4048 de 2008 a través de 33 numerales.

De lo anterior se puede concluir que cuando la DIAN cita el artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 como fundamento jurídico de una norma se trata de un yerro porque la disposición que debe mencionarse es el artículo 6o del Decreto 4048 de 2008. Sin embargo, el error no necesariamente tiene el alcance de vulnerar el principio de legalidad del acto administrativo que sustenta, porque al comparar el artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 con el artículo 6o del Decreto 4048 de 2008 se puede observar que la Dirección General, en términos generales, conserva las funciones que tenía bajo el decreto anterior y que los cambios consistieron más que todo en la introducción de ajustes de forma y reagrupación de tareas.

Las disposiciones citadas no se transcriben por su longitud, pero pueden ser consultadas a través de la página electrónica de la DIAN cuyo link se describe en el siguiente párrafo.

En los anteriores términos resolvemos su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestras bases de datos jurídicas ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo el icono de “Normatividad” - “técnica y seleccionando los vínculos “doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

LORENZO CASTILLO BARVO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica