Concepto 18518 de 1988 DIAN
(Tributario) Obligación de informar cese de actividades como responsable
Texto del documento
CONCEPTO 018518 DE 1988
Septiembre 16 de 1988
CESE DE ACTIVIDADES COMO RESPONSABLE
Dice usted que hasta finales de 1987 tuvo un negocio que la hacía responsable del impuesto sobre las ventas, por lo cual estaba inscrita como responsable del régimen simplificado; que tan pronto le fue posible, a principios de junio de este año, una vez presentó las declaraciones de renta y de ventas por el ejercicio de 1987, remitió la petición a la Administración de Impuestos para que le fuera cancelada su inscripción como responsable, allegando la documentación correspondiente, y que a mediados de julio siguiente fue requerida para que presentara declaración de ventas por 1988. Solicita información sobre cómo proceder.
La respuesta, en general, está dada en el artículo 25 del decreto 2503 de 1987, citado en su comunicación, cuyo tenor es:
“Obligación de informar el cese de actividades. Los responsables del impuesto sobre las ventas que cesen definitivamente en el desarrollo de actividades sujetas a dicho impuesto, deberán informar tal hecho dentro de los treinta (30) días siguientes al mismo.
Recibida la información, la administración procederá a cancelar la inscripción en el registro nacional de vendedores, previas las verificaciones a que haya lugar.
Mientras el responsable no informe el cese de actividades, estará obligado a presentar declaración del impuesto sobre las ventas”.
En el texto transcrito encuentra usted la razón legal que tuvo la Administración para solicitarle presentación de declaración por 1988. Correspondiéndole el régimen simplificado, debe usted precisar la cuota fija que le correspondería, y prorratearla sobre los meses que cubra la declaración por fracción de año que vaya a presentar, de acuerdo con la fecha en que dio aviso del cese de actividades y solicitó cancelación del registro.