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Concepto 17431 de 1988 DIAN

(Tributario) Servicio de blanqueo y absorción de gasa quirurgica

174311988Tributario
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Texto del documento

CONCEPTO 017431 DE 1988

Septiembre 6 de 1988

SERVICIO DE BLANQUEO Y ABSORCION DE GASA QUIRURGICA

Pregunta usted si el servicio de blanqueo y absorción de gasa quirúrgica que es la principal labor de la tintorería, está o no exenta del impuesto sobre las ventas.

El servicio de tintorería se ha clasificado como un servicio gravado con el impuesto sobre las ventas, según lo dispuesto en el Decreto 3541 de 1983, artículo 69 numeral 13.  La tarifa del impuesto es la que corresponda al bien que resulte de la prestación del servicio. Pues bien, de conformidad con la posición arancelaria 30.04 del artículo 62 del Decreto 3541 de 1983 las gasas, impregnadas o recubiertas de sustancias farmacéuticas o acondicionadas para la venta al por menor con fines médicos o quirúrgicos, están exentas del impuesto a las ventas.