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Concepto 67 de 1998 DIAN

(Aduanero) ¿Puede asimilarse el régimen de reembarque al régimen de reexportación?

671998Aduanero
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Texto del documento

CONCEPTO ADUANERO 67 DE 1998

(10 de noviembre)

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

DESCRIPTOR: REEMBARQUE

PROBLEMA JURIDICO

¿Puede asimilarse el régimen de reembarque al régimen de reexportación?

TESIS JURIDICA

EL REGIMEN DE REEMBARQUE NO PUEDE ASIMILARSE AL REGIMEN DE EXPORTACION.

INTERPRETACION JURIDICA

Si bien es cierto que el Decreto 2666 de 1984 incluyó dentro del régimen de exportación el régimen del embarque, también lo es, que la figura del reembarque no puede considerarse en estricto sentido una exportación ya que las mercancías que se declaren por esta modalidad, ni son nacionales, ni están en libre disposición como lo exige el Decreto 1144 de 1990.

Se podría interpretar que el Decreto 2666 de 1984, incorporó la figura del reembarque en el régimen de exportación, teniendo en cuenta que en este caso, la mercancía debe salir del territorio nacional, y por ello el declarante está obligado a constituir una fianza por el doble de los derechos de aduana correspondientes para garantizar la presentación de la prueba de la llegada de esa mercancía a país extranjero.

Por lo expuesto este despacho confirma el Concepto No.064 de 1997.

AUC/MLP