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Concepto 12294 de 1997 DIAN

(Tributario) ¿Para efectos de soportar los costos y deducciones y la retención por I.V.A. en la adquisición de bienes y servi

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CONCEPTO TRIBUTARIO 12294 DE 1997

(Septiembre 23)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA: PRUEBA DE COSTOS Y GASTOS Y DE LA RETENCION IVA DE BIENES

ADQUIRIDOS O RESPONSABLES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO

PROBLEMA JURIDICO:

¿Para efectos de soportar los costos y deducciones y la retención por I.V.A. en la adquisición de bienes y servicios de contribuyentes pertenecientes al régimen simplificado, bastará con expedir la nota de contabilidad cumpliendo con la totalidad de requisitos establecidos por el artículo 18 del Decreto 1001 de 1997 y el artículo 4o del Decreto 380 de 1996?

TESIS JURIDICA:

PARA EFECTOS DE SOPORTAR LOS COSTOS Y DEDUCCIONES Y LA RETENCIÓN POR I.V.A EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CONTRIBUYENTES PERTENECIENTES AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO, BASTARÁ CON EFECTUAR LA NOTA DE CONTABILIDAD CUMPLIENDO CON LA TOTALIDAD DE REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO 1001 DE 1997 Y EL ARTÍCULO 4 DEL DECRETO 380 DE 1996.

INTERPRETACION JURIDICA:

De la lectura del artículo 18 del Decreto 1001 de 1997, se desprende que el documento soporte, se expide en el evento de realizar una transacción con una persona o entidad que no está en la obligación de expedir factura o documento equivalente, debiendo contener una serie de requisitos, que si los comparamos con los requeridos en la nota de contabilidad ordenada por el artículo 4o del Decreto 380 de 1996, para soportar la retención por I.V.A. en las transacciones de bienes y servicios con contribuyentes pertenecientes al régimen simplificado, solo se diferencian en algunos requisitos, como son la descripción específica de los artículos o servicios gravados adquiridos y el monto de la retención asumida, de lo cual se infiere, que si se expide una sola nota de contabilidad que satisfaga la totalidad de los requisitos de ambas disposiciones, no será necesario elaborar dos documentos aparte, puesto que así se cumple la finalidad de las normas, en el documento único contentivo de todos los requisitos.

FBAJCVG/JCB