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Oficio 6282 de 2017 DIAN

(Tributario) Impuesto Sobre las Ventas - Vigencia de las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 al Impuesto sobre l

62822017Tributario
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Texto del documento

OFICIO 6282 DE 2017

(marzo 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100202208- 271

Ref.: Radicado No. 00E2017901392
Tema: Impuesto Sobre las Ventas
Descriptores:Vigencia de las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 al Impuesto sobre las Ventas IVA
Fuentes:Ley 1819 de 2016; comunicado de prensa de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional -DIAN- 29122016.

De conformidad con las funciones a cargo de la Dirección de Gestión Jurídica de la Unidad Administrativa Especial la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional - DIAN-, en cumplimiento del artículo 19 del Decreto 4048 de 2008, el presente oficio da respuesta al derecho de petición en cuanto solicita se estudie la respuesta de Tiendas Ara ante una reclamación directa, que fue presentada por el señor Elkin Santis Guerra, acerca de la entrada en vigencia de las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 al Impuesto sobre las Ventas IVA.

Como lo establece el Artículo 338 de la Constitución, las leyes que regulen contribuciones, en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un período determinado, no podrán aplicarse sino a partir del período posterior a la vigencia de la respectiva ley, pero en el caso en el cual la norma beneficiara al contribuyente, entrará en vigencia en el mismo período, sin perjuicio del Artículo previamente citado por razones de justicia y equidad.

Por lo anteriormente expresado, la entrada en vigencia frente a las modificaciones al Impuesto sobre las Ventas IVA, introducidas por la Ley 1819 de 2016, fue el 01 de enero de 2017, pero el legislador con el fin de facilitar la adaptación a la normativa y evitar traumatismos dio una norma de transición, según la cual los establecimientos de comercio, que a la fecha de entrada en vigencia de la ley tuvieran sus mercancías exhibidas con valor de venta al público, con la tarifa aplicable al año 2016 del Impuesto sobre las Ventas IVA, tenían la posibilidad de vender dichas mercancías, hasta que se agotaran existencias o al 31 de Enero de 2017, porque a partir del 01 de febrero de 2017 a todos los bienes se les debe incorporar la nueva tarifa del Impuesto.

De igual forma la entrada en vigencia de las modificaciones al Impuesto sobre las Ventas IVA, en las cual se disminuyen las tarifas fue a partir del 01 de enero de 2017.

Lo planteado en el presente documento, fue desarrollado en el comunicado de prensa de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional -DIAN- No. 227 de 29 de diciembre de 2016 como lo manifestó en la contestación de la reclamación directa Tiendas Ara, por lo tanto, la respuesta ofrecida por dicho establecimiento es acorde a la normatividad y es correcta.

Por último, nos permitimos informarle que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet, www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" - "Técnica", dando clic en el link "Doctrina”.

Atentamente,

DANIEL FELIPE ORTEGÓN SÁNCHEZ

Director de Gestión Jurídica (E).