Concepto 31200 de 1999 DIAN
(Tributario) ¿La tarifa de retención en la fuente por rendimientos financieros del 4%, introducida por el artículo 109 de la
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 31200 DE 1999
(Abril 6)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
TEMA: TARIFA DE RETENCION POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS
PROBLEMA JURIDICO
¿La tarifa de retención en la fuente por rendimientos financieros del 4%, introducida por el artículo 109 de la ley 488 de 1997, es aplicable para los rendimientos de títulos de ahorro a largo plazo, emitidos con anterioridad a la vigencia de la citada ley?.
TESIS JURIDICA: LA TARIFA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS DEL 4%, INTRODUCIDA POR EL ARTÍCULO 109 DE LA LEY 488 DE 1997, ES APLICABLE PARA LOS RENDIMIENTOS DE TÍTULOS DE AHORRO A LARGO PLAZO, EMITIDOS ANTES O DESPUÉS DE LA VIGENCIA DE LA CITADA LEY, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS.
INTERPRETACION JURIDICA
El artículo 397-1 del E.T. introducido por el artículo 109 de la Ley 488, establece que:
“La tarifa de retención en la fuente aplicable a los rendimientos financieros provenientes de títulos emitidos por entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria o de títulos emitidos en desarrollo de operaciones de deuda pública, cuyo período de redención no sea inferior a cinco (5) años, será del cuatro por ciento (4%)”.
De conformidad con el citado artículo, encontramos que se exige como condición para que se les efectúe retención del 4% a los rendimientos financieros, que se trate de títulos de ahorro emitidos por entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, cuyo período de redención no sea inferior a cinco años, sin importar si son emitidos antes o después de la entrada de vigencia de la Ley 488 de 1998.
El Cálculo del período de redención se cuenta desde la fecha de emisión hasta la de vencimiento del título en forma independiente de la fecha de negociación del mismo en el mercado secundario.
La nueva tarifa de retención en la fuente es aplicable para todas las negociaciones del mercado secundario y primario, realizadas por dentro o fuera de la bolsa.
EZB/MERM