Oficio 902142 de 2020 DIAN
(Tributario) Habilitación, renovación y cancelación de los proveedores Tecnlógicos
Texto del documento
OFICIO 902142 DE 2020
(junio 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Publicado en la página web de la DIAN: 31 diciembre de 2021>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
| Descriptores | Habilitación, renovación y cancelación de los proveedores Tecnlógicos |
| Fuentes Formales | DECRETO 1625 DE 2016 ART 1.6.1.4.24. RESOLUCIÓN 042 DE 2020 ARTS 52 y 53 |
Extracto
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretación de normas tributarias, en materia aduanera y de control cambiario en lo de competencia de la DIAN. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Acerca de la solicitud en referencia, en la cual se requiere alcance del oficio radicado 100208221-618 del 04 de junio de 2020, respecto a “aclarar a qué dependencia o funcionario está asignada la competencia funcional para resolver el recurso de apelación interpuesto, en subsidio de reposición de la cancelación de la autorización de un Proveedor Tecnológico, que al momento no han sido remitidos a ningún despacho de la entidad”.
Las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
Tal como se expresa en el punto 1 del oficio objeto de la petición, “con la expedición del Decreto 358 de 2020 y la Resolución 00042 del mismo año, se asignó como área competente para la gestión del procedimiento de habilitación, renovación y cancelación de los Proveedores Tecnológicos a la Subdirección de Gestión y Asistencia al Cliente de la Dirección de Gestión de Ingresos o la que haga sus veces en esta entidad; por lo cual, la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria, perdió la competencia frente a estos procedimientos por expresa disposición regulatoria desde la vigencia de la resolución 000042 citada”.
Lo anterior, permite aclarar que, la competencia funcional asignada en la Resolución 000042 de 2020 cobró vigencia desde que ésta fue publicada, razón por la cual desde ese momento las dependencias cuya competencia derivaba de actos administrativos derogados (Resolución 000019 de 2016) perdieron esas funciones.
Así las cosas, se aclara el párrafo segundo del punto uno del oficio radicado 100208221-618 del 04 de junio de 2020, respecto a que la competencia orgánica se da bajo las normas vigentes para la fecha en que se interpusieron los recursos y la competencia funcional está a cargo del área legitimada por el acto administrativo vigente para decidir los recursos interpuestos, lo anterior debido a que la competencia funcional es improrrogable de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 16 y 624 del Código General del Proceso.
Por ende, en aras de resolver su consulta se precisa que en la actualidad la decisión de los recursos (reposición y apelación) está en cabeza de la Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente de la Dirección de Gestión de Ingresos, como dependencia competente para la gestión del procedimiento de habilitación, renovación y cancelación de los Proveedores Tecnológicos, dada la asignación de dichas funciones en virtud del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008 como lo dispone la Resolución 000042 de 2020.
En los anteriores términos se responde su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.cosiguiendo los íconos “Normatividad”-“Técnica” y seleccionando los vínculos “Doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.
Fuentes formales
DECRETO 1625 DE 2016 ART 1.6.1.4.24. RESOLUCIÓN 042 DE 2020 ARTS 52 y 53
Descriptores
Habilitación, renovación y cancelación de los proveedores Tecnlógicos