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Concepto 22532 de 1988 DIAN

(Tributario) Determinación del impuesto de remesas por pagos por servicios de laboratorio

225321988Tributario
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CONCEPTO 022532 de 1988

Noviembre 2 de 1988

Determinación del Impuesto de Remesas

PAGOS POR SERVICIOS DE LABORATORIO

Consultan ustedes si los pagos por servicios de laboratorio que presten firmas extranjeras para la producción de obras cinematográficas están sometidos a retención en la fuente y a la ley 33 de 1985 y cuál es la tarifa.

Atentamente comunico a ustedes que a partir del 24 de diciembre de 1986 fecha en la cual empezó a regir la ley 75 de ese año, los pagos por servicios técnicos que se presten en virtud de contratos celebrados desde la fecha citada o que se deriven de modificaciones o prórrogas efectuadas a partir de tal fecha respecto de contratos celebrados con anterioridad, están sometidos a la tarifa del 30% por concepto de retención del impuesto de renta si el beneficio extranjero no tuviere domicilio o residencia en el país, como al parecer ocurre en este caso, y a la tarifa del 12% de retención del impuesto de remesas, previo descuento del impuesto de renta (artículos 14 y 15, ley 75 de 1986, artículos 46 y 47 ley 9ª de 1983 y 2o y 11 del decreto 2579 de 1983).

Según el artículo 6o. de la ley 33 de 1985 y el artículo 1o de la ley 4ª de 1966, “toda cuenta o nomina que paguen por cualquier concepto la Nación, Departamento, Intendencias, Comisarías, Distrito Especial de Bogotá, Municipios, Corregimientos, Inspecciones de Policía e Institutos Descentralizados...” causará un impuesto del cinco por mil (5%o.) si se trata de nóminas de personal y del diez por mil (10%o.) en los demás casos”, con excepción de algunas cuentas de cobro no relacionadas con el caso en consulta.

Por consiguiente, si la cuenta, es pagada por una entidad que participe de la naturaleza de las señaladas en el párrafo anterior, deberá pagar el impuesto del 10%o.

En cuanto al valor por el cual debe hacerse la solicitud de giro, la oficina competente para responderles es la División de inversiones de la oficina de Cambios del banco de la república.

Por ello le comunico, a título meramente informativo, que tal valor es el neto, o sea, después de efectuados los descuentos por los impuestos de renta, remesas y también del 10%o sobre la cuenta si este se causa, anotando el monto de los mismos y acreditando su pago.