Oficio 12455 de 2019 DIAN
(Tributario) acción de cobro
Texto del documento
OFICIO 12455 DE 2019
(mayo 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Bogotá, D.C.
Ref.: Radicado 000198 del 10/04/2019
Cordial Saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de la Subdirección de Gestión de Normativa y Doctrina absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.
Así mismo, el artículo 113 de la Ley 1943 de 2018 establece que los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica o la Subdirección de Gestión de normativa y doctrina de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, constituyen interpretación oficial para los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; por lo tanto, tendrán carácter obligatorio para los mismos. Los contribuyentes solo podrán sustentar su actuación en la vía gubernativa y en la jurisdiccional con base en la Ley.
Ahora bien, la consulta versa sobre el Impuesto al Patrimonio por el año 2011, con fundamento en los artículos 817 del Estatuto Tributario y la Ley 1370 de 2009, parágrafo del artículo 296-1 del estatuto Tributario (derogado por la Ley de financiamiento), pregunta:
¿Cuál es el término de prescripción de la acción de cobro?
Al respecto se le informa que esta Subdirección, mediante oficio 028842 de noviembre 22 de 2018, ya se pronunció sobre el tema, en donde con fundamento en el artículo 817 del Estatuto Tributario, concluye que, “en cualquier caso en materia tributaria el término de prescripción de la acción de cobro debe sujetarse a lo consagrado en la norma previamente transcrita, siendo esta la manera legalmente establecida para contabilizarla ocurrencia de este modo de extinguir las obligaciones.”
Se anexa copia del citado oficio 028842 de noviembre 22 de 2018.
En los anteriores términos se absuelve su consulta y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a os contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica"-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión
Jurídica”.
Atentamente,
LORENZO CASTILLO BARVO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)
Dirección Gestión Jurídica