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Oficio 93137 de 2011 DIAN

(Tributario) Procedimiento a seguir para hacer efectivos los beneficios consagrados en la Ley 1429 de 2010, "Por la cual se expi

931372011Tributario
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OFICIO 93137 DE 2011

(noviembre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA

Bogotá, D. C. 28 de noviembre de 2011

Oficio No 100208221 – 00 / 302

Señor

JUAN SEBASTIÁN SÁNCHEZ CÓRDOBA

Carrera 7 No 32- 33 Oficina 1403

Bogotá D.C.

Ref: Radicado 78289 del 24/08/2011

TEMA.PROCEDIMIENTO
 
Descriptores. Reglamentos- Ley 1429 de 2010
 
Fuentes Formales. Constitución Política, art. 338; Ley 1429 de 2010.

Cordial saludo Sr. Sánchez:

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Mediante dos (2) oficios radicados en este Despacho bajo el número de la referencia, consulta sobre el procedimiento a seguir para hacer efectivos los beneficios consagrados en la Ley 1429 de 2010, “Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo”, entre los cuales están consagrados varios que regulan asuntos de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por referirse al impuesto sobre la renta; para el efecto hace alusión al Decreto Reglamentario 545 de 2011.

Como primera medida le informamos que por medio del Decreto 545 de 2011 por usted referido, se reglamentaron los aspectos operativos y procedimentales que permiten dar aplicación a los beneficios creados mediante los artículos 5o y 7o de la Ley 1429 de 2010, los cuales consagran temas de competencia del Ministerio de la Protección Social, como lo son los beneficios de progresividad para el pago de aportes parafiscales, otras contribuciones de nómina y de trámites relacionados con la matrícula mercantil de las pequeñas empresas, más no se reglamentaron los artículos concernientes a impuestos nacionales administrados por esta Entidad.

En ese entendido, sus peticiones relacionadas con estos asuntos, fueron remitidas al Ministerio de la Protección Social a través del oficio No 100208221-104 del 30/09/2011 y las concernientes al procedimiento para efectos del trámite de la matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio, y lo del Impuesto de Industria y Comercio, se enviaron mediante los oficios Nos. 100208221-105 y 100208221-103 del 30/09/2011 a la Cámara de Comercio de Bogotá y a la Dirección de Impuestos de Bogotá, respectivamente.

Aparte de lo anterior, hay que señalar que la Ley 1429 fue publicada el 29 de diciembre del 2010 en el Diario Oficial No 47.937 de esa fecha, por lo que desde ese día comenzó su vigencia. Por ello y de conformidad con el artículo 338 de la Constitución Política:

“(…)

Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un periodo determinado, no pueden aplicarse sino a partir del período que comience después de iniciar la vigencia de la respectiva ley, ordenanza o acuerdo.”

En tal contexto, los beneficios consagrados en la Ley 1429 de 2010 en materia del impuesto sobre la renta, son aplicables desde el 1o de enero de 2011, lo cual indica que las prerrogativas de la progresividad en el pago sobre la renta y los descuentos de este impuesto, deberán reflejarse o hacerse efectivos en la declaración del impuesto sobre la renta año gravable 2011, que se presentará en el año calendario 2012.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.co siguiendo los iconos: “Normatividad” - “técnica” y seleccionando los vínculos “Doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.

Cordialmente,

JAIME ORLANDO ZEA MORALES

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)