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Concepto 18850 de 1988 DIAN

(Tributario) obligaciones tributarias de una sociedad de economía mixta

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CONCEPTO 018850 DE 1988

Septiembre 21 de 1988

SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA

En su telegrama del 28 de junio de 1988 pregunta si se encuentra vigente el artículo 3o del Decreto 3130 de 1968 y su incidencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley 75 de 1986.

Con relación al artículo 3o del Decreto 3130 de 1968, este despacho considera que se encuentra vigente y por lo tanto las sociedades de economía mixta en las cuales el porcentaje de participación del Estado sea o exceda del 90% del capital social se someten, para todos los efectos legales al tratamiento a que se encuentran sometidas las empresas industriales y comerciales del Estado.

De otra parte, el artículo 12 de la Ley 54 de 1977 establece que las empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden departamental, municipal y del Distrito Especial de Bogotá, no son contribuyentes.

De las normas transcritas se puede concluir que, si la Empresa N.N. cumple con los requisitos previstos en el artículo 3o. del Decreto 3130 (con relación al aporte del Estado) y además si es del orden Departamental o Municipal no es contribuyente.