Micelio
🧾 DIAN · Oficios

Oficio 915622 de 2021 DIAN

(Tributario) Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés para los sujetos de obligaciones administradas por la DIA

9156222021Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

OFICIO 915622 DE 2021

(diciembre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la DIAN: 31 diciembre de 2021>

<No contiene análisis de vigencia>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

DescriptoresReducción de la sanción
Fuentes FormalesLEY 2155 DE 2021 ART 45.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 661

Extracto

De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 del 2020, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

Mediante el radicado de la referencia, se solicita textualmente lo siguiente en torno a la aplicación del artículo 45 de la Ley 2155 de 2021:

1. “Cuando se encuentra en trámite solicitud de reducción sanción atendiendo lo previsto en el artículo 651 del E.T., ¿es procedente reconocer en forma concurrente la reducción de la sanción aquí prevista y la reducción consagrada en el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021 por parte del área jurídica?

2. Cuando el contribuyente presenta con posterioridad al 30 de junio de 2021 desistimiento del recurso de reconsideración, considerando que el acto administrativo queda ejecutoriado de conformidad con lo previsto en el artículo 829 del E.T. ¿Es procedente el reconocimiento de la reducción prevista en el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021? En caso positivo, ¿cuál es el área competente para pronunciarse sobre el beneficio?

3. ¿Procede el reconocimiento de la sanción reducida al 20% contemplada en el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021, cuando se encuentra en trámite recurso de reconsideración en contra de una resolución sanción independiente? En caso positivo, ¿cuál sería el trámite que adelantaría el contribuyente y el área jurídica?”

Respecto a las inquietudes planteadas, esta Subdirección se permite compartir a la peticionaria copia del Concepto General sobre el Artículo 45 de la Ley 2155 de 2021 - Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés para los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN del 5 de noviembre de 2021 junto su adición del 3 de diciembre de 2021, que resuelven sus consultas en los puntos # 3; 9; 17; 17.2 y 22.2.

Nótese que, en la doctrina referida, que además es de público conocimiento, no se desarrolla el asunto de competencia presentado por la peticionaria, puesto que, como se aclara en el punto #3 del citado Concepto y en la misma Resolución DIAN No. 000126 de 2021, “no se requiere presentar una solicitud a esta Entidad para aplicar el citado artículo 45, sin perjuicio de las amplias facultades de revisión y comprobación posterior que le asisten a la Administración”.

Finalmente, se recuerda para futuras solicitudes a este Despacho, la necesidad de observar el estricto cumplimiento de los requisitos señalados en la Resolución DIAN No. 000091 de 2021.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.