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Oficio 49999 de 2014 DIAN

(Tributario) ¿Las disposiciones adelante relacionadas relativas al sector hacienda podrían ser retiradas del ordenamiento jur�

499992014Tributario
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OFICIO 49999 DE 2014

(agosto 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C., 14 AGO. 2014

100208221-000766

Doctor

JUAN FRANCISO ESPINOSA PALACIOS

Jefe Oficina Asesora De Jurídica

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Carrera 8 No. 6C-38 Piso 3

Bogotá

Ref.: Radicado 1106 del 28/02/2014

Cordial saludo, doctor Espinosa:

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 0006 de 2009, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.

En particular se consulta:

1.- ¿Si las disposiciones adelante relacionadas relativas al sector hacienda podrían ser retiradas del ordenamiento jurídico?

NoTipo de normaNúmeronormaAño
Norma
Epígrafe

Diario
oficial
1.Ley15
1905Por la cual se ratificación algunos decretos de carácter legislativo (del Ramo de Hacienda)
13102
2.Ley173
1936Por la cual se reforma el Artículo 1 de la Ley 38 de 1932.

3.Ley54
1945Por la cual se modifican unas disposiciones fiscales y se dictan otras disposiciones
26017
4.

Ley69
1946Por la cual se elevan las tarifas de algunos impuestos y se dictan otras disposiciones26317
5.Decreto
legislativo
2240
1948Por el cual se aclara y se adiciona el marcado con el número 1952 de 1948.
26764
6.Decreto
legislativo
0462
1951Por el cual se modifica la forma de cobro del impuesto de oro físico
27553
7.Decreto0757
1951Por el cual se dictan unas normas sobre el impuesto a la gasolina
27583
8.Decreto
legislativo
1344
1953Por el cual se modifica la tarifa del impuesto de consumo de cervezas de producción nacional
28212
9.Decreto
legislativo
2781
1953Por el cual se señala a las compañías de seguros el impuesto de timbre para las pólizas individuales de seguro de vuelo
10.Decreto ley207
1957Que crea una cuota para el fomento y defensa de la avena
11.Decreto
Legislativo
341
1957Por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de impuestos nacionales
29564
12.Ley22
1948Por el cual se adiciona el Artículo 426 de la Ley 79 de 1931
26854

Sobre el este asunto comedidamente le informó que en la actualidad no fue posible la ubicación de los textos ni el estudio del contenido del total de las iniciales 114 leyes y decretos legislativos que fueron acumuladas con las presentes solicitudes para proceder al análisis histórico de las normas citadas.

No obstante, lo anterior remitimos lo resuelto en relación con los temas que a continuación se presentan.

NoTipo de normaNúmeronormaAño
Norma
EpígrafeDiario
oficial
1.Ley15
1905Por la cual se ratificación algunos decretos de carácter legislativo (del Ramo de Hacienda)
13102

Los decretos de carácter legislativo que regulaban temas de impuestos, ya no se encuentran vigentes, en consecuencia la norma perdió su finalidad. Se puede mencionar que el tema de licores y alcohol como monopolio de las entidades territoriales ha sido tratado se regula en el artículo 336 de la Constitución. Históricamente en su orden se encuentra el acto legislativo 45 de 1905, el decreto 244 de 1906, la Ley 15 de 1905, el decreto 41 de 1905.

Entre las ultimas normas sobre el tema se encuentran la Ley 14 de 1983, compilada en el decreto 1222 de 1986, y en lo tributario están las leyes 223 de 1995 y 788 de 2002.

2.Ley173
1936Por la cual se reforma el Artículo 1 de la Ley 38 de 1932.

No fue posible identificar norma con derogatoria expresa de esta norma.

3.Ley54
1945Por la cual se modifican unas disposiciones fiscales y se dictan otras disposiciones
26017

Se encuentra derogada por el artículo 38 del Decreto 2908 de 1960.

4.Ley69
1946Por la cual se elevan las tarifas de algunos impuestos y se dictan otras disposiciones
26317

Con el artículo 38 del Decreto 2908 de 1960 se derogaron expresamente los artículos 1 a 9, inclusive, y artículo 15 de la Ley 69 de 1946. No se lograron establecer otras derogatorias expresas; no obstante lo anterior los temas regulados por el Decreto como el Impuesto de timbre y papel sellado no se encuentran vigentes por regulación especial en normas posteriores. Lo mismo aplica para el tema de venta en clubes, apuestas, rifas, loterías, impuesto al consumo de gasolina y cuota militar, a los que se refirió la ley.

5.Decreto
legislativo
2240
1948Por el cual se aclara y se adiciona el marcado con el número 1952 de 1948.
26764

No se identificó noma con derogatoria expresa sobre este particular.

6.Decreto
legislativo
0462
1951Por el cual se modifica la forma de cobro del impuesto de oro físico27553

La Ley 141 de 1961 lo elevó a categoría legal, pero en la actualidad no se encuentra vigente dicho procedimiento. No se ubicó la norma que lo derogó posteriormente.

7.Decreto0757
1951Por. el cual se dictan unas normas sobre el Impuesto a la gasolina
27583

Esta norma no se encuentra vigente en la actualidad, dado que el impuesto a la gasolina fue regulado por el la Ley 1607 de 2012. No se logró identificar una norma con derogatoria expresa del mencionado decreto.

8.Decreto legislativo1344
1953Por el cual se modifica la tarifa del impuesto de consumo de cervezas de producción nacional
28212

Derogado expresamente por el artículo 9 del Decreto 1665 de 1.966; este último fue Derogado por el artículo 26 del Decreto 190 de 1969, publicado en el Diario Oficial No. 32.729, del 7 de marzo de 1969.

9.Decreto
Legislativo
2781
1953Por el cual se señala a las compañías de seguros el impuesto de timbre para las pólizas individuales de seguro de vuelo

Se encuentra derogado por el artículo 38 del Decreto 2908 de 1960.

11.Decreto
Legislativo
341
1957Por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de impuestos nacionales
29564

El artículo 18 fue derogado por el artículo 38 del Decreto 2908 de 1960. Las normas en temas impositivos no se encuentran vigentes, pero no se logró determinar una derogatoria expresa.

12.Ley 22
1948Por el cual se adiciona el Artículo 426 de la Ley 79 de 1931.

Fue modificatoria de la Ley 79 de 1931, que fue derogada por el Decreto 2685 de 1999.

Finalmente es menester indicar que esta entidad no cuenta con material documental en disposición en nuestros archivos que nos permitan brindar una información como la requerida, considerando la antigüedad de las normas; tampoco contamos con personal suficiente que tuviera una dedicación exclusiva al tema del estudio histórico de las cerca de 140 normas de las que se solicitó información en tres documentos; asimismo, debe precisarse que gran parte de lo informado obedece a un exhaustivo y arduo trabajo de comparación y consulta de textos y documentos vía internet y consulta de informes que reposan en otras bases de datos de consulta libre vía electrónica.

En los anteriores términos se absuelve su solicitud y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestras bases de datos jurídicas ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.qov.co siguiendo el icono de "Normatividad” - “ técnica ", y seleccionando los vínculos “doctrina" y “Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

YUMER YOEL AGUILAR VARGAS

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina